Prohíbe reelección ACD introduce grandes cambios

Prohíbe reelección ACD introduce grandes cambios

POR LEONARDO CASTILLO
La Asociación de Cronistas Deportivos de Santo Domingo (ACD) produjo una modificación radical de sus estatutos mediante la decisión de sus miembros, reunidos en sendas asambleas, para darle un carácter de modernidad a la entidad, que cumplirá en marzo próximo 77 años de fundada.

El actual presidente de la ACD, Ramón Cuello, dijo que los nuevos estatutos promueven una modernización total de la ACD, creándose una normativa que la hace más vigente, abierta y dinámica.

Informó que la asamblea estatutaria decidió prohibir la reelección sucesiva del presidente, que se admitirán como miembros solo a aquellos cronistas que residan en el Distrito Nacional y la provincia de Santo Domingo y estableció que ningún acedeísta podrá recurrir a los tribunales de justicia para dirimir conflictos en la entidad.

Asimismo, la asamblea limitó el ingreso de cronistas extranjeros a que residan en los lugares citados ejerciendo durante dos años seguidos; introdujo normas para regir sus ligas deportivas y recreativas y creó la mecánica para impedir la compra del voto en las elecciones internas.

En este sentido, la estructura estatutaria vigente introduce una nueva mecánica que impide persuadir el voto de los miembros mediante el pago de cuotas atrasadas para el proceso de elecciones, mientras limita a solo un período la reelección de su presidente; en tanto, admite que pueda formar parte, sin embargo, del Consejo Ejecutivo al término de su mandato.

El presidente acedeista que no opte por un período consecutivo, podrá hacerlo, entre tanto, al tercer período de haber fungido en el cargo.

Ningún miembro del Consejo Ejecutivo podrá serlo si residiera  fuera del Distrito Nacional y, en todo caso, deberá resignar el cargo, que habrá de ocuparlo uno de los vocales, según el orden de su elección.

Otras de las normativas más resaltantes introducidas en los estatutos es que de ahora en adelante los acedeistas no deberán esperar el cierre del año o el período de elecciones internas para ponerse al día en el pago de sus cuotas como miembros, porque tendrán que hacerlo en los primeros seis meses de cada año.

Todos los ex presidentes conformarán un organismo deliberativo que tendrá como función específica, conocer de conflictos que se susciten  entre los miembros y que eventualmente puedan atentar contra el buen funcionamiento de la entidad.

La ACD, en lo sucesivo, solo admitirá como miembros a aquéllos cronistas deportivos residentes en el Distrito Nacional y la provincia de Santo Domingo, aunque podrán ingresar, a partir de los dos años, aquellos de otras provincias que se radicarán con residencia permanente en una de estas demarcaciones.

Para ser miembro de la ACD será necesario ser dominicano, de origen o naturalizado, que sea mayor de edad y que goce de todos sus derechos civiles y políticos, y el aspirante deberá pagar la suma de 2,500 pesos más las cuotas por su membresía.

Y, además, “deberá tener la calidad de profesional de la comunicación social graduado en una escuela o centro de altos estudios, que se dedique a difundir y promover el deporte de manera escrita, audiovisual ó fotográfica, como oficio remunerado, por lo menos por un período de cinco años”.

Según los nuevos estatutos, la ACD no admitirá a aquéllas personas que se encuentren penalizadas ni a quien se le compruebe su participación en la comisión de prácticas ilícitas, como fraude, estafa, conspiración contra el colega, el consumo de drogas narcóticas, el narcotráfico y el lavado de dinero.

Establecen, también, que para que un extranjero sea miembro de la ACD requerirá, además de llenar todos los requisitos estatutarios, tener por lo menos dos años de residencia permanente en la capital del país o en la provincia de Santo Domingo.

Los  nuevos estatutos de la ACD, cuyo proyecto fue elaborado por el veterano periodista Tomás E. Montás, quien lo presentó al Consejo Ejecutivo que, a su vez, lo sometió a la discusión y aprobación de la asamblea de miembros, requirió de tres sesiones llevadas a cabo el 16 de noviembre, 23 y 28 de diciembre del año pasado.

De acuerdo con las modificaciones aprobadas, ahora un miembro de la ACD pierde esa condición por renuncia escrita, por expulsión, por residir en el extranjero sin ejercer por lo menos un año el oficio de cronista

deportivo, en tanto se deja de ser miembro activo cuando durante el período de los seis primeros meses del año se faltara al pago de la cuota anual vigente.

Y, también, cuando por su voluntad dejara de ejercer la profesión de cronista deportivo y cuando siendo empleado de un medio dejara de serlo por renuncia, cancelación o enfermedad y no ejerciera por un año.

Los miembros pasivos, no obstante, solo quedan inhabilitados para ejercer el derecho a elegir y ser elegidos, ni tener voz ni voto en la toma de decisiones de la entidad, pudiendo disfrutar de todos los beneficios a que tiene derecho toda la membresía.

Del mismo modo, contemplan que si un miembro pasivo deseara ser activado, simplemente, deberá solicitarlo por escrito, cumplir todos los requisitos estatutarios para ello, como demostrar que ha estado ejerciendo la profesión de manera ininterrumpida durante el último año.

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