Propietarios de negocios en Higüey se niegan a pagar impuestos de Derecho de Autor por supuestas irregularidades

Propietarios de negocios en Higüey se niegan a pagar impuestos de Derecho de Autor por supuestas irregularidades

HIGÜEY.  Los propietarios de negocios de espectáculos, expendios de bebidas, hoteles y restaurantes de esta localidad anunciaron  hoy la decisión de no pagar los impuestos que establece la Ley 65-00, sobre Derecho de Autor, debido a los atropellos y abusos cometidos por los encargados de cobrarlos.

Durante una rueda de prensa efectuada en el Hotel Don Carlos, de esta ciudad, los comerciantes demandaron que las autoridades investiguen a los supuestos representantes de la Oficina Nacional de Derecho de Autor (Onda) que ejecutan el cobro compulsivo de los señalados impuestos.

Obispo Pérez, uno de los propietarios de centros de diversión, señaló que los micro y pequeños dueños de negocios en la provincia de La Altagracia están siendo atropellados por la forma en que se les quiere cobrar los impuestos y por las altas sumas de dinero que se les exige.

De su lado, el hotelero Carlos Eusebio Núñez , dijo que los supuestos inspectores de la Onda, y que dicen estar agrupados en la Sociedad General de Autores, Compositores y Editores Dominicanos de Música (SGACEDOM), lo amenazaron con llevarlo a los tribunales si no pagaba la suma que pedían, manifestándole que nunca habían perdido un caso en la justicia.

Los comerciantes indicaron que a un hotel de 50 habitaciones le exigen el pago mensual de 15 mil pesos y que incluso reclaman el pago retroactivo de 2 meses.

Añaden que en ningún momento los “inspectores” les han mostrado la tarifa y que el cobro  ilegal por derecho de autor se hace de conformidad con lo que ellos establezcan.

Señala que la (ONDA) es una institución del Estado que está para regular todo lo relacionado con el Derecho de Autor en el país, pero no realiza cobro de música, pues es una tarea de los titulares de derecho, o en su defecto de las Sociedades de Gestión Colectiva.

Agrega que “nadie, que no sea inspector real de ONDA o un representare del Ministerio Publico, está facultado para penetrar a negocio o establecimiento comercial alguno a realizar inspecciones”.

Termina recordando que el derecho de autor hay que pagarlo, pero que para su cobro es necesario observar el principio fundamental de nuestro sistema jurídico, a saber: un crédito cierto y exigible.

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