Propone modos libertad condicional

Propone modos libertad condicional

Planteó la posibilidad de  que los jueces, dependiendo de la alarma social,  la peligrosidad y perversidad del  crimen, establezcan en qué tiempo esa persona puede incoar el recurso

POR TANIA HIDALGO

El abogado Félix Damián Olivares  favoreció ayer que se modifiquen los requisitos para un sentenciado solicitar su libertad condicional, de manera que el tiempo máximo para  ello sea fijado en  las dos terceras partes de la pena impuesta.

Asimismo, propuso la posibilidad de que los jueces, al momento de imponer la sentencia, dependiendo de la alarma social,  la peligrosidad y perversidad de perpetración del crimen, establezcan en qué tiempo esa persona puede incoar el recurso. Por ejemplo, una persona condenada a 30 años, tendría posibilidad de salir de la cárcel al cumplir  20 años tras las rejas, según la propuesta. La ley sobre libertad condicional establece que una persona condenada por algún hecho delictivo al cumplir la mitad de la pena impuesta puede solicitar su libertad condicional.

 En los últimos días, personas sentenciadas por hechos calificados como lesivos a la sociedad dominicana han solicitado su libertad, tras cumplir con ese requisito. 

    Es el caso del joven Juan Manuel Moliné Rodríguez, condenado a 20 años por el asesinato del niño José Rafael LLenas Aybar, quien interpuso el recurso por ante el juez de la  Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Cristóbal.

La decisión sobre esta petición será dada a conocer el próximo jueves. La semana pasada esa misma instancia rechazó una petición hecha en ese sentido por Rolando Florián Féliz, condenado por  narcotráfico  y por su alegada participación en la muerte de Víctor Augusto Féliz, hijo del ex senador Víctor Augusto Féliz Méndez. “Yo entiendo que dentro de la política criminal que trazan los legisladores, el Código Penal puede regular el tema del cumplimiento efectivo de las penas”, agregó el jurista. Refirió que en el país existe un Código Penal antiguo y, sobre todo, con claras deficiencias a nivel dogmático “que debe mejorar y que debe plantearse los grados en las penas que permiten rebajar uno o dos tercios de la pena, de manera que las personas cumplan en forma  efectiva dos terceras parte de la pena sobre  la base de una política también de reinserción, porque la Ley de libertad condicional es una ley que data de los años 70”.  Explicó que anteriormente la libertad condicional la otorgaba la Corte de Apelación de manera administrativa y que con la puesta en vigencia del Código Procesal Penal lo hace el juez de la ejecución de la pena.

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