Proponen gravamen adicional de 10% a llamadas telefónicas

Proponen gravamen adicional de 10% a llamadas telefónicas

Una propuesta de reforma tributaria presentada al gobierno plantea establecer un impuesto del 10 por ciento a las llamadas telefónicas, en adición al pago del 12 por ciento del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados (ITBIS).

Los proponen señalan que en caso de que políticamente se haga difícil aplicar esta iniciativa, que el impuesto del 10 por ciento se limite a las llamadas por celulares, y que se mantenga el 12% del ITBIS para todas las comunicaciones telefónicas.

Para defender este impuesto, los proponentes plantean que el costo por servicios telefónicos ha caído en los últimos años.

En el caso de los celulares, plantean que uso se ha extendido en el país.

La propuesta fue elaborado por el economista dominicano Héctor Guiliani y los expertos internacionales Glenn P. Jenkys

La propuesta también aboga por una ampliación de la base del ITBIS.

Señala que Chile es el que tiene más amplia base de aplicación de ese gravamen, y recauda por ese concepto el 8.5% del PIB.

Los proponentes señalaron que si su tasa del 18 por ciento que se aplica en Chile se ajustara al 12 por ciento vigente en la República Dominicana, los ingresos por concepto de ese gravamen hubieran representado aquí el 5.7% del PIB, que es cerca de 35% más que el 4.2 por ciento del PIB que se recaudó en el 2002.

Señalan que esto parece implicar que la República Dominicana pudiera recaudar ingresos potenciales si se amplía la base del impuesto y se fortaleciera la administración tributaria aun antes de acudir a subir la tasa del ITBIS.

Los proponentes también abogaron por sistema eficaz para reembolsar ITBIS a los exportadores.

Advirtieron que si esto no se hace nunca habrá un sector exportador viable que opere fuera de las zonas francas.

En la señala propuesta se sugiere que sólo queden exentos del pago del ITBIS los siguientes renglones: animales vivos,

productos alimenticios básicos para la población,

plantas para siembras, combustibles, fármacos esenciales con prescripción médica, electricidad, depósitos y otros servicios financieros que no sean seguros, servicios de salud y educación no lucrativos, pero sí deben ser gravadas los servicios de las clínicas y colegios privados.

En la propuesta también se establece que no deben exceptuarse de impuestos a las importaciones que hacen los departamentos del gobierno y otras instituciones públicas, para evitar favorecer productos importados y que se produzcan violaciones en el sistema tributario.

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