Proponen impuesto a Barrick genera US$11,000 MM

Proponen impuesto a Barrick genera US$11,000 MM

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Metal exportado por la Barrick y que fue sometido a un proceso de verificación por parte de Aduanas.

Técnicos que formaron parte de la comisión de licitación del contrato Placer Dome 2002 presentaron al Presidente Danilo Medina opciones para ser incorporadas en una ley de impuestos a las ganancias extraordinarias de oro, las cuales generarían al fisco, a un precio de 1,500 dólares la onza,  2,485 millones de dólares en los primeros cinco años de iniciada la producción de la Barrick Gold. Estos ingresos  se elevarían a 11,000 millones de dólares en todo el período de explotación.

Luego de apoyar la decisión del presidente Medina sobre la explotación del oro de Pueblo Viejo, los técnicos Yván Rodríguez y Miguel A. Peña, plantean que el impuesto que se debe aplicar debe ser escalonado y deducible al impuesto establecido en la enmienda del contrato originalmente otorgado a Placer Dome, denominado “participación sobre utilidades netas (PUN)”.

El impuesto propuesto es la suma de un 14.74 por ciento más el promedio del precio del oro en Londres, para el embarque de que se trate, menos 900 dólares, que es el precio base de la Regalía por Ganancias Extraordinarias, multiplicado por 0.01 por ciento.

 La propuesta establece que el impuesto a la exportación por ganancias extraordinarias (RGE) debería tener aplicación retroactiva, a partir del inicio de las exportaciones del doré, que es la combinación de oro y plata.

Asimismo, indica que las  empresas exportadoras de doré deben pagar el 90 por ciento de las exportaciones en el momento de la exportación, y el 10 por ciento restante sería liquidado por la refinería contratada en oro físico refinado, una vez cancelada su factura del embarque correspondiente.

Además, establece que las empresas exportadoras de minerales deberían obtener una licencia de exportación por parte de la Dirección General de Minería, la cual debería registrarse ante la Dirección General de Aduanas y la Dirección General de Impuestos Internos. Estos organismos deberían elaborar un reglamento para la fiscalización y auditoría de los metales y su contenido en cada embarque. También los contratos con las refinerías deberían ser depositados en el Registro Público de la Dirección General de Minería, Aduanas y la DGII.

Dice que el Estado sólo rentó  los derechos mineros, por lo cual Pueblo Viejo solamente es propietaria de las infraestructuras industriales y sus obras conexas.

Señala la propuesta que el Estado podría emitir bonos internacionales para la compensación de los inversionistas de la Barrick-Gold Corp.

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