Propuesta plantea auditoría ambiental obligatoria a proyectos energéticos

Propuesta plantea auditoría ambiental obligatoria a proyectos energéticos

La propuesta de reglamento sobre  auditorías ambientales en el sector energético establece  que sean  auditadas de manera obligatoria todas las instalaciones  energéticas e industrias potencialmente contaminantes.

También se agrega que las auditorías deberían realizarse de manera periódica, en ciclos suficientemente cortos como para impedir daños relevantes, pero bastante largos para evitar que los experticios se conviertan en mero trámite o algo costoso que suscite oposición por parte de la empresa. El tiempo máximo para que sean realizadas no debe exceder los tres años.

El borrador de reglamento ha sido elaborado por la firma Socoin para la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarena).

Recientemente, y por primera vez en el país, se graduaron los primeros 10 auditores ambientales dominicanos certificados a nivel internacional.

El artículo 46 de la Ley sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (64-00) establece que para asegurar que el responsable de la actividad industrial cumpla con las condiciones fijadas en la licencia y el permiso ambiental,  Medio Ambiente  realizará auditorías de evaluación ambiental.

Otro punto precautorio sugerido  es que las auditorías se realizarán a instancia de la autoridad ambiental de modo puntual, frente a denuncias o como consecuencias a inspecciones.

Se plantea que la empresa debería asumir tanto los costos de la auditoría como los  adicionales de revisión a la misma por parte de la autoridad ambiental.

Además, que se debería incluir un sistema de sanciones administrativas tanto para la empresa como para el auditor.

Autoridad.  En el borrador se establece que la Dirección de Calidad Ambiental de la Semarena  tendrá bajo su responsabilidad  solicitar la realización de auditorías ambientales y administrar el cumplimiento de los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (Pama), así como elaborar y aprobar programas anuales de auditorías ambientales.

Además, esa dirección deberá definir y proponer normas, términos de referencia, guías y manuales de procedimientos a nivel nacional para la aplicación del reglamento.

También, deberá arbitrar a instancia de las partes las posibles discrepancias entre auditor y la  empresa auditada  y tramitar el procedimiento ante la procuraduría ambiental, así como asegurarse que la información confidencial no trascienda hacia personal no autorizado.

Deberá asimismo formar y facultar a delegaciones  regionales de la Semarena para llevar a cabo el proceso de evaluación de las auditorías ambientales y de los Pama y solicitar a los ayuntamientos colaboración.

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Un organismo para la acreditación

Para la aplicación del reglamento se prevé la creación de un organismo de acreditación que establecerá los requisitos de inscripción en el registro de auditores ambientales y su período de vigencia.

Esa instancia debería acreditar los laboratorios que efectúen análisis ambientales; evaluar las solicitudes, admitir o rechazar los auditores ambientales y fomentar y supervisar un proceso de capacitación continúa de los auditores.

Otro de los puntos establecidos en la propuesta  de reglamento es la incompatibilidad de funciones, en el que señala que estarán inhabilitados de prestar servicios profesionales de auditorías ambientales y Pama, los técnicos que sean funcionarios de la Semarena o que trabajen en proyectos coordinados por esa institución.

Asimismo estarán inhabilitados para la realizar experticios los consultores individuales, empresas consultoras nacionales e internacionales que trabajen con la Semarena.

Entre las actividades sugeridas para  estar sujetas a auditoría medioambiental periódica están: centrales termoeléctricas, plantas generadoras de calor, refinerías de petróleo, plantas de transformación de combustibles sólidos, minería de carbón, plantas de combustión residencial, comercial e institucional, en la agricultura, silvicultura y acuicultura.

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