Protección para el envejeciente

Protección para el envejeciente

La niñez y la vejez son los dos extremos existenciales en que más se requiere de la protección social. La niñez por su indefensión y la ancianidad por las mismas razones. Hay motivos  de sobra para entender que en  el caso del envejeciente se requiere de una protección especial, pues un individuo en esta etapa de la vida está a merced de enfermedades y discapacidades propias de la edad avanzada, en la que degeneran tejidos y órganos y aumentan las  debilidades y va mermando la capacidad de producción.

El hecho de que en este país más de medio millón de envejecientes estén fuera del amparo del Sistema Nacional de Seguridad Social es una negación de la justicia social para uno de los segmentos que más lo necesitan. El Estado comete una exclusión censurable al no disponer los fondos necesarios para que las personas de avanzada edad tengan acceso a la protección social que necesitan. Lo menos que puede reclamarse es que la atención a los envejecientes esté explícitamente contenida en el estatuto de la Seguridad Social, pero no como un simple enunciado, sino como una realidad que se haga tangible a través de los servicios de salud, las pensiones y otros medios de protección social. La lucha contra la pobreza está incompleta si no se cuenta a los envejecientes entre los beneficiarios de la seguridad social. Hay que desmontar esa grave exclusión.

Precedentes peligrosos

En el país se están sentando las bases para crear desconfianza entre los inversionistas, para dudar de la protección de sus derechos. Esto sucede cuando empresas debidamente autorizadas para explotar determinados servicios públicos, tienen que enfrentarse a limitaciones que algunos sindicatos quieren imponer. Ahora les ha tocado el turno a Caribe Tours y Terra Bus, a las cuales un sindicato de transportistas les impide realizar más de un viaje a territorio haitiano.

Aquí la ley defiende la competencia pero siempre que no esté de por medio uno de estos sindicatos incompetentes en materia de calidad de servicios. No puede ser que la inversión legal se vea acorralada por estos grupos que siembran el caos a nombre de lo que entienden como derechos adquiridos. Se entiende que las bases jurídicas son para defender el derecho a la competencia, no a la imposición por medio de la fuerza como ocurre frecuentemente.

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