La Cámara de Diputados está apoderada del Proyecto de Ley que procura crear la figura del Juez de la Ejecución Civil, para garantizar el cumplimiento del debido proceso en esta materia, previo a la realización de los títulos ejecutorios.
La pieza intenta que, por primera vez, funcione un juez que regule todo lo concerniente a las sentencias civiles que se aplican a los ciudadanos.
Se trata de un Código traducido de la legislación francesa, adaptado a las necesidades dominicanas, aprobado en 1884, y con varias modificaciones, entre ellas, las de 1967, 1947, 1968 y 2015.
El diputado de La Romana por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Pedro Botello, es el autor del proyecto que plantea que el Juez de la Ejecución Civil sea responsable de verificar que se cumplan las actuaciones en las vías de ejecución de títulos con fuerza de ley.
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También, sentencias ejecutorias provisionales civil, comercial o laboral. Las decisiones ejecutorias de pleno derecho o dotadas de formulas ejecutorias por los tribunales.
Busca garantizar que se cumplan las sentencias que condenan a pagos y acuerdos entre las partes.
Artículo 4 del proyecto
El Juez de la Ejecución Civil tendrá competencia territorial dentro del Departamento Judicial asignado. En caso de nombrarse más de un juez, la Suprema Corte de Justicia establecerá el ámbito de acción de cada uno.
El juez será apoderado mediante instancia por el titular o acreedor de un derecho, con título ejecutorio, acuerdo a decisión del tribunal.