Proyecto modificaría ley eléctrica
crea preocupación a empresarios

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POR MARIO MÉNDEZ
La aprobación por parte del Senado de un proyecto de reforma al sector eléctrico ha causado mucha preocupación en el sector empresarial por entender que la iniciativa constituye “un traje a la medida del gobierno, que chocaría con los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el DR-CAFTA”.

Se cuestiona en el sector empresarial que el proyecto otorga poderes sin límites a la superintendencia de Electricidad para cambiar la tarifa.

Según se explicó, el artículo 17 del proyecto de ley, que modifica el artículo 30 de la ley de electricidad vigente, establece que la Superintendencia dispondrá razonablemente de   las medidas de índole legal, administrativa y técnica que estime necesarias para la seguridad del público y destinadas a resguardar los derechos de los concesionarios.

De acuerdo a lo planteado por esta fuente, ese artículo da un poder discrecional a la Superintendencia para cambiar incluso lo establecido en la propia Ley.

“No importa lo que la ley diga, si la Superintendencia lo decidiera, en virtud de lo establecido en el proyecto de Ley, podría desconocer lo establecido en la propia legislación”, se indicó.

Por otro lado, en el sector empresarial se cuestiona que el proyecto de ley dispone obligar a los clientes que sean autorizados para ejercer la condición de usuarios no regulados a pagar una contribución por servicio técnico del sistema equivalente a un 10 por ciento del precio de energía y potencia contrato.

De acuerdo a lo explicado, esto constituiría una discriminación con relación a los competidores que hayan contado con la aprobación de esa condición con anterioridad, a los cuales no se les exigió el pago de ese 10 por ciento.

Igualmente, se cuestiona que en el artículo 51 del proyecto se adicionan cuatro párrafos al artículo 111 de la ley de electricidad vigente.

Según se explico, en el párrafo 1 se establece que a los clientes con consumo de 0 a 300 kilovatios hora se aplicará una tarifa subsidiada, por debajo del valor de la tarifa técnica.

Asimismo, se dispone que a los clientes con consumo de 301 a 1000 kilovatios hora se aplicará la técnica.

En cambio, dispone que a los clientes de  1,001 o más se aplicará una tarifa por encima de la tarifa técnica para subsidiar a los clientes con consumo de menos de 300 kilovatios hora.

“O sea, el gobierno es el bueno, que decide subsidiar a esos clientes, y los usuarios con consumo de más de 1,000 kilovatios hora son los malos, a los cuales hay que obligar a pagar ese subsidio”, se explicó.

También se ha cuestiona que la ley criminaliza el robo de energía para los clientes que consumen más de 1,000 kilovatios hora, pero para los usuarios con consumo de 1,000 kilovatios hacia abajo, lo cual, según se indicó, constituiría una discriminación en la sanción al delito.

En el sector empresarial se cuestionó que se haya hablado de consenso, “cuando lo cierto es que en torno a lo aprobado por el Senado no ha habido consenso alguno”.

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