PRSC ante TSE: haciendo patria en Mes de la Patria

PRSC ante TSE: haciendo patria en Mes de la Patria

Estamos en el mes de la Patria. Honrarla va mucho más allá que exaltar sus símbolos y rememorar sus efemérides. Conlleva comprometernos y someternos a alcanzar progresivamente un Estado de Derecho -sustentado en un sistema político partidario que garantice la perfectibilidad de la democracia considerada como el menos imperfecto de los sistemas conocidos-respetuoso de los derechos individuales y procurador de un ordenamiento social y económico inspirado en la satisfacción de  necesidades de la población.

Ello requiere la progresiva institucionalización de los partidos y del Estado a través del cumplimiento de las disposiciones contenidas en su Constitución y leyes, así como en aquellas reglamentaciones derivadas.

Por eso constituyen contribuciones honradoras de la Patria los dos casos del PRSC sometidos al  Tribunal Superior Electoral (TSE): (1) Recurso de amparo y (2) Anulación de poderes para concertar alianzas. Ambos acrisolan la perfectibilidad de nuestra democracia.

Sobre el primero, aunque el TSE hafallado desfavorablemente, apelaremos ante el Tribunal Constitucional (TC) por considerar que éste se ha autolimitado en su competencia para declararlo inadmisible luego de admitirlo, argumentando que éste recurso solo es elevable contra  “funcionario o autoridad pública” titulares de órganos de la “administración pública”; ignorando la consagración constitucional (Art. 72) de la “acción de amparo”  contra “particulares” ratificada por el Art. 65 de la ley que crea el TC, y renunciando a la competencia ordenada en los Arts. 74 y 114 de esta misma ley, así como en el Art. 27 de la propia ley que crea el TSE. No resulta ocioso recordar que los partidos políticos dominicanos han de regirse por el derecho público por utilizar recursos del Estado.

Y sobre el segundo, aún no fallado, insistiremos hasta obtener la anulación de las decisiones de los órganos del PRSC en base las cuales se  suscribió el pacto con el PLD; iniciativa que habrá de conducir a la anulación del pacto mismo.

De ésta manera, sometiéndonos estrictamente a las disposiciones constitucionales y legales, hacemos más patria que los que retozan con ella con símbolos de papel, la vociferan o hacen de ella un motivo para justificar espectáculos en el Mes de la Patria. Sobretodo por contribuir a una consideración adecuada de las nuevas disposiciones instituidas y al funcionamiento correspondiente de los nuevos mecanismos de reciente implantación que han sido identificados como “altas cortes” para cuyos fines la experimentación y puesta a prueba constituyen precedentes de importancia que pueden advertir o alertar sobre lo que puede suceder en el proceso electoral que todos deseamos que concluya satisfactoriamente el próximo 20 de mayo.

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