PST incorporará a muchos pequeños negocios al fisco

PST incorporará a muchos pequeños negocios al fisco

El consultor tributario José R. Segura consideró que el nuevo  Procedimiento Simplificado de Tributación (PST)   puesto en marcha por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) incorporará como contribuyentes a una gran cantidad de pequeños y medianos negocios.

Segura afirmó que el nuevo sistema facilitará el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a muchos pequeños y medianos empresarios.

Explicó que con esta medida se reducirá significativamente la evasión fiscal.

Ayer, el director general de Impuestos Internos, licenciado Juan Hernández Batista, anunció la entrada en vigor del PST, el cual  se aplicará a partir del año 2009.

Existirán dos modalidades de cálculo del valor a pagar; una, con base en las compras que realiza el contribuyente mayoritariamente al sector industrial local, cuando no sean mayores que 30 millones anuales y, otra, con base en los ingresos hasta 6.5 millones al año.

Los que se acojan al PST basado en compras  recibirán cada año por parte de la institución propuestas de sus declaraciones juradas estimadas del Impuesto Sobre la Renta y del ITBIS, acorde con su tipo de actividad económica y del rango de ingresos. Hernández dijo  que en la página de Internet de la DGII (www.dgii.gov.do) ya está disponible a la población el Portal PST con una guía que contiene todas las informaciones necesarias para incorporarse al Procedimiento, con una Mesa de Ayuda, un correo para Conversar con el Director y una lista con las preguntas y respuestas más frecuentes sobre el tema.

Además, dijo que próximamente circulará en la prensa nacional un expediente. Los contribuyentes que se acojan estarán liberados  de remitir las informaciones sobre comprobantes fiscales establecidas en la Norma General 01-07, del pago de anticipos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del pago del Impuesto a los Activos y se les dividirá  en tres cuotas el Impuesto Sobre la Renta a pagar.

La cifra

3 Cuotas. Serán las que se aplicarán para el pago del impuesto sobre la renta de los contribuyentes que se acojan al PST., que estarán liberados de remitir las informaciones sobre comprobantes fiscales, de la Norma General 01-07 y del pago de anticipos del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto a los Activos.

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