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Fondos de pensiones

<P>Punto<BR>Fondos de pensiones</P>

Los fondos de pensiones han creado un gran alboroto, mientras el miedo y la incertidumbre se apoderan de un segmento de los trabajadores que tienen sus recursos ahorrados en las administradoras, debido a que temen al destino que puedan tomar sus depósitos.

En torno a los recursos financieros de los trabajadores se debate su utilización en la construcción de viviendas y la compra de plantas eléctricas para resolver el problema energético, cuyo sector ha sido un barril sin fondo, frente a las elevadas ganancias que obtienen las administradoras de fondos de pensiones.

 Los fondos son propiedad de los afiliados como está establecido por la Ley 87-01, y aquellas personas que no cumplen con los requisitos mínimos para ser pensionados se prevé la devolución al cumplir los 60 años de edad, tal y como está ocurriendo en la actualidad.

 Si comparamos eso con la Ley 1896, que creó el Instituto Dominicano del Seguro Social (IDSS), y la 379, que establece la pensión para los empleados del Estado, si las personas no cumplen con los requisitos mínimos que especifican esas legislaciones el trabajador no tiene derecho ni a pensión ni a devolución de los fondos.

 En la actualidad decenas de personas que cumplen con los requisitos mínimos para ser pensionados o jubilados, conforme a las dos leyes administradas por el Estado, se mantienen a la espera de una respuesta, ya que deben ser incluidos en el Presupuesto Nacional del próximo año, mientras otros se pasan años bajo la expectativa de ser favorecidos por dichas legislaciones. Sin embargo, en el debate no se discuten las partes que tienen que ver con el sistema de salud, que es un desastre para los afiliados, y la otra es la concerniente a los riesgos laborales, ambos aspectos están dentro del Sistema Dominicano de la Seguridad Social. Se observa que el interés marcado está dirigido a los fondos pensiones y es donde mayor cuidado debe tenerse.

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