Sentencia histórica.- Aunque se trata de una sentencia histórica, pasó sin pena ni gloria. El SegundoTribunal Colegiado de Samaná condenó a treinta años de cárcel, la sanción máxima que prevé nuestro Código Penal, a cuatro hombres a los que encontró culpables de narcotráfico internacional, al intentar introducir al país 435.28 kilos de cocaína por las costas de Montecristi. Es difícil determinar si esa sentencia guarda relación con la circular enviada por la Suprema Corte de Justicia a los jueces, en la que les reclama una mayor severidad contra el narcotráfico así como un mayor cuidado al variar las medidas de coerción derivadas de esa actividad, pero ojalá no se trate de un hecho aislado, totalmente fortuito, sino de una alentadora señal de que nuestros jueces empiezan a entender que un delito de tal magnitud amerita una sanción que se corresponda con el terrible daño que inflige a la sociedad.
El disuasivo de la ley
El primer efecto benéfico derivado de los operativos de ProConsumidor y Digenor a las plantas envasadoras de GLP, algunas de las cuales han sido cerradas por estafar a sus clientes, será la de conseguir que sus propietarios abandonen esa ilegal práctica o que desistan de caer en la tentación de hacerlo. Es el efecto maravilloso, casi mágico, de aplicar la ley con rigor y consistencia, sin prestarse a flexibilidades complacientes, a cambio de dinero u otras prebendas, con los que la violan. Si ProConsumidor y Digenor hacen de sus inspecciones una rutina, realizando visitas aleatorias y sorpresivas a las envasadoras de forma que estas no sepan cuándo le van a caer para verificar que no engañan a sus clientes, habremos empezado a resolver el problema. Por eso es tan importante que esos operativos continúen con más fe que nunca, pero mas importante todavía es que la justicia haga su trabajo sancionando como se merece a los estafadores sorprendidos in fraganti.