¿Quién defiende los derechos ciudadanos?

¿Quién defiende los derechos ciudadanos?

Cuando conocí a un asesor en derechos ciudadanos del presidente Ricardo Lagos, de Chile, no podía creer que eso fuera importante a no ser por la figura que ostentaba el cargo, el eminente jurista y miembro del Tribunal Constitucional de ese país, Francisco Fernández Fredes.
Hablo de una figura del derecho constitucional de nuestra región, quien fuera contratado por la ONU para elaborar la primera Ley modelo global de protección de los Derechos del Consumidor, quien además trabajó las leyes de Brasil, México, Chile y asesoró a la mayoría de los gobiernos de la región en torno a esa ley.
En el año 2005 el jurista visitó nuestro país, invitado por el embajador de Chile, y nos ofreció asesoría referente a la ley del Consumidor, cuando aún no se había aprobado.
En esa época todavía no teníamos la Constitución del 2010, la más garante de los derechos de los ciudadanos.
Todos los países de Iberoamérica, incluyendo España, cuentan con instituciones para la defensa de los derechos ciudadanos. En Argentina, Chile, Perú entre otros, existen departamentos especializados para garantizar estos derechos.
En nuestro país, la aplicación del concepto de derechos ciudadanos la encontramos dispersa en los diferentes ministerios; aparece “la Ley 200-04 de Acceso a la Información” como la mejor oferta de garantías de estos derechos siendo este apenas uno, que si bien es muy importante, es apenas mínimo respecto a la amplia visión que propone la Carta Magna.
Es frecuente escuchar la expresión: la población está indefensa y es porque “los terceros”, si bien tienen derechos fundamentales garantizados, los primeros y los segundos los tienen más; por ejemplo, si un particular se engancha del medidor de energía de un vecino, no hay quien defienda a la víctima porque se trata de un “tercero”.
Sin embargo, si está conectado a una de las EDES, cabe multa y prisión, es como si los “terceros”, o sea los ciudadanos, son los que deben pagar abogados para que un Tribunal Civil decida. ¡Por Dios!
“Los terceros” estamos abandonados definitivamente. Desde diciembre conozco de una reclamación que hiciera una señora porque un vecino se enganchó de su medidor, llevó las pruebas ante la Procuraduría Antifraude del sistema eléctrico con la esperanza de que al menos no le hicieran pagar una deuda que ya ronda los 40 mil pesos.
En la referida instancia se fueron por la conciliación, llegaron a un acuerdo de pagos, el vecino pese a que firmó el acuerdo no ha pagado y se burla todos los días de la señora.
EDESUR tiene conocimiento del caso, la Procuraduría Antifraude realizó el procedimiento correspondiente ante un juez, pero el magistrado lo desestimó bajo el alegado de que eso era de “terceros”, pese a existir todas las pruebas del fraude.
Los terceros o ciudadanos estamos definitivamente indefensos, se protege a la empresa pero no al cliente, usuario o ciudadano ¿Entonces dónde están sus derechos constitucionales?

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