Quien mal anda, mal acaba ¡maña fuera!

Quien mal anda, mal acaba ¡maña fuera!

Bonaparte Gautreaux Piñeyro

Vivimos enredados en el lodazal de la inconstitucionalidad, pero se invoca la constitucionalidad permanentemente para engañar al pueblo, para ocultar las fallas de los gobiernos, para que sigamos viviendo en la burbuja de la falsedad.

Legisladores de hoy, descubren su poder de iniciativa en la propuesta de leyes y en un exceso de pudor quieren ocultar sus fallas, aunque de espaldas, tienen el fondillo roto. La Constitución regula la relación entre el Gobierno y los gobernados, reconoce los derechos del ciudadano y consigna los deberes ante ella misma y ante las leyes y reglamentos emanados de autoridad competente.

Nunca es tarde para ablandar habichuelas, debemos recordar que nacimos con una Constitución, 1844, que expresamente disponía la inconstitucionalidad como método constitucional, valga el galimatías, cuando autorizaba en el artículo 210 “Durante la guerra actual y mientras no esté firmada la paz, el Presidente de la República puede libremente organizar el ejército y armada, movilizar guardias nacionales, y tomar todas las medidas que crea oportunas para la defensa y seguridad de la Nación; pudiendo en consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y decretos que convengan, sin estar sujeto a responsabilidad alguna”

Como parte del relajo y el irrespeto el Presidente Joaquín Balaguer dijo que la Constitución es un pedazo de papel, con esas palabras del jurista alemán Ferdinand Lasalle, citadas fuera de contexto, se dio a entender que ese contrato social no tenía validez.

Lasalle decía que la Constitución es un pedazo de papel cuando los líderes políticos, sociales y el ciudadano común, no se sujetan a ella.

Cuando no se respeta la Constitución se abre las puertas al caos, el desorden, la anarquía y el abuso de poder.

La Constitución prohíbe a los funcionarios legislar en su beneficio. Sin embargo, un ejemplo, los regidores de Santo Domingo Este aumentaron a 22 mil pesos mensuales los viáticos que perciben.

La Constitución, en su artículo 140 sobre regulación de incremento de las remuneraciones dispone lo siguiente: “Ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados. La inobservancia de esta disposición será sancionada de conformidad con la ley”.

Hace tiempo, le quitaron la venda a la diosa de la Justicia, sentencias son dictadas contra las leyes y en favor de gobiernos y de poderosos que tuercen la verdad.

La Constitución regula la relación entre el Gobierno y los gobernados

Se abren puertas del caos cuando no se respeta la Constitución

Hace tiempo le quitaron la venda a la diosa de la Justicia

Publicaciones Relacionadas

Más leídas