Quiere cambio en apelación

Quiere cambio en apelación

POR DIEGO PESQUEIRA
El comisionado de justicia, Alejandro Moscoso Segarra, estimó ayer que las apelaciones de las decisiones emitidas por el juzgado de paz no pueden ser examinadas por los tribunales de niños, niñas y adolescentes, porque contravienen con las disposiciones del Código Procesal Penal.

En tal sentido, Moscoso Segarra propuso que se cambie un párrafo del artículo 194, del proyecto que modificaría la Ley 136-03, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación a que el recurso en segunda instancia lo conozca la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes del departamento judicial que corresponda el juzgado de paz que conoció la acción en primer grado.

Actualmente, este proyecto de ley cursa en el Congreso de la República.

“Lo que se plantea es la armonización de las disposiciones contenidas en el Código Procesal Penal con la Ley 136-03, a fin de garantizar los principios contenidos en las normativas nacional e internacional relativas a los derechos humanos, así como los derechos de la infancia y la adolescencia”, explicó.

Además, Moscoso Segarra señaló que los llamados a examinar las decisiones emitidas por un tribunal unipersonal es la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes, o en su defecto, la Cámara Penal de la Corte de Apelación en atribuciones de Corte de Niños, Niñas y Adolescentes.

Explicó que en ese sentido presentará hoy, junto a la Suprema Corte de Justicia, el “Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes Concordado con las Normativas Nacional e Internacional” y el “Compendio de los Principales Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos Relativos a la Niñez y a la Adolescencia”.

Moscoso Segarra ponderó la importancia de las iniciativas de la Suprema Corte y recordó las palabras del presidente del más alto tribunal, Jorge Subero Isa, en su discurso conmemorativo del día del Poder Judicial, quien llamó la atención en lo relativo al proyecto de Ley que fue sometido al Congreso Nacional, vía el Senado en el 2004, a fin de restituir a los juzgados de paz la competencia para conocer de las pensiones alimentarias que le fue conferida por la Ley No. 136-03, a los tribunales de niños, niñas y adolescentes, limitando con ello el acceso a la justicia.

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