RD-Honduras en la OMC

RD-Honduras en la OMC

El reclamo de Honduras relacionado con el tratamiento otorgado en el país para la importación y venta de cigarrillos en nuestro mercado, avanza a lo interno de la Organización Mundial de Comercio (OMC), luego de que la consulta sostenida en Ginebra el 4 de noviembre del 2003 resultara sin solución y con la advertencia de la delegación dominicana de que «defendería su posición ante un grupo especial».

El momento de hacer esa defensa ha llegado ya que la delegación de Honduras en Ginebra presentó por segunda vez una solicitud al Presidente del Organo de Solución de Diferencias (OSD), para establecer un Grupo Especial que tendrá a cargo examinar las medidas que se aplican en el país, solicitud que efectivamente fue acogida el pasado 9 de enero.

Entre los argumentos presentados por Honduras como fundamento de su reclamo se puntualiza que en el país se aplican normas, procedimientos y prácticas administrativas especiales que discriminan entre los importados y los nacionales, dado que concede a los cigarrillos importados condiciones de competencia menos favorables que las previstas para los nacionales; cuestionan el recargo transitorio de «estabilización económica» así como la comisión cambiaria «calculada sobre el valor de las importaciones», y la falta de transparencia en la aplicación de medidas administrativas, normas y procedimientos.

El mecanismo de solución de diferencias ante la OMC tiene por objetivo buscar una solución positiva a las diferencias, concediendo preferencia a una solución mutuamente aceptable y en conformidad con los acuerdos abarcados. En caso de no llegarse a una solución de mutuo acuerdo, el primer objetivo de este mecanismo es, en general, lograr la eliminación de las medidas cuestionadas si se constata que éstas son efectivamente incompatibles con las disposiciones de cualquiera de los acuerdos abarcados.

De conformidad con la normativa en la OMC para estos casos, cuando son establecidos Grupos Especiales por el OSD, estos tienen por función examinar la reclamación de conformidad con las disposiciones pertinentes de los acuerdos que las partes hayan señalado que entran en contradicción con las medidas o procedimientos impuestos, y dicho organismo al momento de aprobar la instalación del Grupo Especial, formula instrucciones precisas acerca del mandato que se le otorga para conocer de la reclamación, siempre con la encomienda de formular conclusiones que ayuden al OSD a hacer las recomendaciones precisas o dictar las resoluciones que contemple dichos acuerdos invocados.

La República Dominicana respondió que las medidas impositivas y en materia de importación que había adoptado con respecto a los cigarrillos estaban en conformidad con sus compromisos en el marco de la OMC, por lo que la consulta llevada a cabo no alcanzó ningún entendimiento. El momento para hacer la defensa advertida por la delegación dominicana ha llegado y, como normalmente ocurre en casos como estos, otros países solicitaron participar como terceros: los Estados Unidos, Chile, China y las Comunidades Europeas.

Como terceros que han mostrado tener interés en participar en este asunto, dichos países tendrán oportunidad de ser oídos y de presentar sus consideraciones por escrito, las cuales obviamente se facilitarán también a las partes y se harán constar en el informe del grupo especial. El país está obligado ahora a presentar una defensa apropiada alejada de las simples declaraciones y concentrada en profundizar la parte legal y técnica que haya justificado las medidas cuestionadas así como demostrar su conformidad con los acuerdos, salvo que en el camino, como se dice, se arregle la carga. Será un buen estreno.

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