Realizan panel sobre reforma a Ley 87-01 sobre Sistema Dominicano de Seguridad Social

Realizan panel sobre reforma a Ley 87-01 sobre Sistema Dominicano de Seguridad Social

En el marco de la celebración de su XXIII aniversario, Acción Comunitaria por el Progreso (ACOPRO), realizó este martes el panel “Reforma a la Ley 87-01”

En el marco de la celebración de su XXIII aniversario, Acción Comunitaria por el Progreso (ACOPRO), realizó este martes el panel “Reforma a la Ley 87-01”, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, con la participación del doctor Pedro Luis Castellanos, Superintendente de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL); el doctor Fulgencio Severino, de la Agrupación Médica del IDSS; doctor Chanel Rosa, Director Ejecutivo del SENASA y el licenciado Pepe Castro, de la Mesa de Políticas Sociales de FORO CIUDADANO.

EL ANÁLISIS: PLANTEAMIENTOS DE LOS PANELISTAS

Relacionado con la seguridad social, existen dos corrientes predominantes. De un lado, la creencia de que la salud debe ser un componente garante de vida de cada persona y, del otro, la convicción de que es una actividad meramente comercial.

Estas visiones siempre han estado en el debate sobre seguridad social. En República Dominicana, como parte de esa dinámica y producto de un amplio proceso de debates para la reforma a la anterior Ley, se puede afirmar que lo más importante como resultado de éstos, es la  creación del SENASA, el cual debe fortalecerse con el desarrollo de la red pública de salud.

La próxima reforma a la Ley 87-01, tiene que contemplar la universalización de la seguridad social, ya que entre 3.5 y 4 millones de personas carecen de seguro en República Dominicana.  El seguro familiar de salud inició en el año 2002 y no se ha llegado al 100% de cobertura, porque el gobierno no  invierte lo necesario en salud. Sólo se destina a este renglón entre 1.5 y 1.8% del PIB.

RÉGIMEN CONTRIBUTIVO SUBSIDIADO

A 15 años de su inicio, este régimen, que beneficiaría a los trabajadores informales, no ha recibido aportaciones, justificado en la imposibilidad operativa por las complejidades que lo envuelven. En este sentido, se plantea su eliminación y distribución de la población prevista en éste, entre los regímenes contributivo y subsidiado, conforme apliquen.

En la reforma a la ley 87-07, se debe contemplar una mayor inversión para el desarrollo de la red  pública de salud, a fin de reducir los indicadores que señalan que la mayoría de muertes se producen por infartos, accidentes de tránsito y accidentes cerebro-vasculares (ACV).

Otro aspecto a considerar, es el copago (diferencia que debe aportar el usuario), ya que constituye una traba, además de ser imposible de cubrir para la mayoría, por la alta tarifa de las intervenciones.

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El doctor Fulgencio Severino, de la Agrupación Médica del IDSS

MEDICAMENTOS Y PENSIONES

En el caso de la cobertura para medicamentos del plan básico de salud, se valoró como positivo el incremento de 3 a 8 mil pesos por año, pero insuficiente, ya que a una persona con la dualidad diabético-hipertensa, apenas le alcanzan para dos meses. Además, de una variedad de 30 fármacos como opciones para indicar al usuario, el seguro sólo coloca 5 en la lista. La reforma debe garantizar que los factores de riesgo crónico tengan 100% de cobertura en medicamentos.

En República Dominicana hay 1.2 millones de personas que carecen de pensiones no contributivas. 1.7 millones hace sus contribuciones, pero un 70% de los que cotizan, no tendrá derecho a una pensión, debido a que en lugar de estar aportando para un plan de retiro, lo que se está haciendo es depositando en una cuenta de ahorros.

En la nueva reforma, se debe lograr no menos del 60% de los salarios para las pensiones, reducir el tiempo de cotización, impedir la prescripción de los derechos y sanción a quienes  los  violen.

CONTINUIDAD DE LOS DEBATES

Las autoridades tienen interés en escuchar las propuestas y sugerencias. Invitan a estudiar el borrador, identificar los elementos que se desean cambiar. Sin embargo, reconocen que las condiciones actuales son desfavorables para el debate, respecto del momento en que se discutió la Ley 87-01 en el año 2001, debido a que ésta estableció un sistema de gobernabilidad, expresado en el Consejo Nacional de la Seguridad Social, integrado por 18 instituciones con representación gubernamental, empresarial y sindical que, individualmente, cada uno tiene poder de veto.

Acción Comunitaria por el Progreso (ACOPRO) se funda el 07 de enero del año 1994. Actualmente está celebrando 23 años de labor ininterrumpida aplicando programas que han contribuido a la disminución de la pobreza y la desigualdad social.

 

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