Reconoce derechos de usuarios

Reconoce derechos de usuarios

Por MARIO MÉNDEZ
Fue publicada en la gaceta oficial 10408 del 18 de enero del presente año, una resolución de las cámaras legislativas, promulgada por el Poder Ejecutivo, que hace más justas las regulaciones en materia de transporte marítimo y reducen la inequidad en perjuicio de  los usuarios de este servicio.

La aplicación del convenio para la República Dominicana comenzaría a aplicarse el año próximo, año y un mes después de su notificación a las Naciones Unidas.

La nueva regulación invierte en fardo de las pruebas, de manera que ahora será el armador o propietario de la unidad de transporte marítimo el que tendrá que demostrar que tiene o no responsabilidad en las pérdidas o daños a mercancías propiedad de los usuarios del transporte marítimo.

Anteriormente, era al usuario del servicio de transporte que se le obligaba a probar que su mercancía había sido dañada o se había perdido por responsabilidad del armador, a través de un proceso complejo y difícil, basado en la llamada culpa náutica.

Además, la nueva regulación mejora la compensación que debe dar el armador a los usuarios del servicio de transporte marítimo, cuando estos sufren daños o pérdidas de mercancías.

Las compensaciones que se otorgaban en el marco de la regulación anterior eran generalmente pírricas y no compensaban adecuadamente a los afectados.

La resolución aprobada por el Congreso, promulgada por el Poder Ejecutivo y publicada en la gaceta oficial, adhiere a la República Dominicana al convenio aprobado por  las Naciones Unidas sobre transporte marítima en base a las reglas de Hamsburgo, d el año 1978 y que entró en vigor en el año 1992.

Este convenio sustituye para los países que se adhieran a él, el convenio de Bruselas de 1924 y sus protocolos, en base a las reglas de Paramount

El nuevo convenio fue aprobado por el 12 de abril del año 2005 por el  Senado. el 12 de diciembre del año 2006 por la Cámara de Diputados y promulgado el 8 de  enero del año 2007.

 Con este convenio os derechos de los usuarios de transporte marítimo quedan  protegidos.

Este convenio es compatible con una sentencia de laa Suprema Corte de Justicia del 8 de junio del 2005, que creó un precedente jurídico en cuanto a la prescripción de los artículos 435 y 436 del Comercio y que fíjó  un nuevo procedimiento para computar y dar apertura al plazo para interponer demandas y reclamaciones en los tribunales, por parte de los usuarios de transporte.

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