Reforma constitucional: redoble de la intransigencia

Reforma constitucional: redoble de la intransigencia

Una y otra vez hemos dicho que el Gobierno del Partido de la Liberación Dominicana se caracteriza por su intransigencia cerril ante la posibilidad de cualquier tentativa de contradicción frente a una de sus iniciativas.

Y lo que es peor, si para resistir una discordancia expresada por un grupo social o un partido opositor ante una decisión de ese gobierno, es el propio Presidente de la República quien decide encarnar la tozuda intolerancia, no hay pudor capaz de aconsejar a quien debería ser paradigma de la moralidad nacional de no valerse de la mentira, el engaño y el abuso de las esperanzas del pueblo reiterando la tradicional intransigencia. Un solo ejemplo basta para ilustrar lo dicho: el caso de la Sun Land.

Esa conducta, pareja al cuestionable pragmatismo de quienes el propio Juan Bosch abominó por sus primarias ambiciones de figuración y riquezas, se desdobla de manera impenitente en la actitud de un gobierno que repetidamente proclama que nunca se equivoca.

Frente a errores, ignorancias, ambiciones desmedidas, dolos, violencias contra las leyes y la Constitución, los actuales gobernantes siempre tienen, cuando no al primero, un vocero autorizado para recalcar su empecinamiento

Estas reflexiones surgen a propósito del Proyecto de Ley de Reforma Constitucional entregado por el presidente Fernández al Presidente del Senado.

 Para que nadie se haga ilusiones, sobre todo algunos miembros de uno que otro partido opositor muy dados a los “diálogos” y a las tiradas públicas en plan de demócratas ultrapartidos “al servicio de los intereses nacionales”, el funcionario escogido para recibir el envoltorio reformador de manos del Presidente de la República, con una simple frase, rotunda, tajante, subrayó la amplitud de la intolerancia gobernante. No más recibir el atadijo, el señor Reinaldo Pared Pérez, Presidente del Senado y Secretario General del Partido de la Liberación Dominicana, enfatizó el propósito de su gobierno, con la frase siguiente: “lo que aconseja la cordura y el buen sentido es que se apruebe el proyecto de reforma constitucional, tal y como lo sometió ayer el presidente Leonel Fernández”. Conociendo el habitual proceder, las palabras “cordura” y “buen sentido” bien pueden servir de sinónimos de intolerancia e intransigencia.

Pero no conforme con esa prueba de suficiencia y poderío obstinado, el Presidente del Senado se permitió hacer un desafortunado comentario acerca de la decisión del Partido Revolucionario Dominicano de presentar una Ley de reforma constitucional proponiendo la Asamblea Constituyente como organismo encargado de la revisión de la Carta Magna.

De manera ligera pero inexorable, respondió el Presidente del Senado a esa iniciativa: “Si ellos (léase los perredeístas) tienen la Tercera parte de cada Cámara, como lo exige el artículo 116 de la Constitución de la República, tienen el derecho”.

Ponderamos como ligera e inexorable esa frase del Presidente del Senado, porque en verdad el artículo 116 de la Constitución no expresa que es preciso la tercera parte de cada Cámara para introducir un proyecto de ley de reforma constitucional; lo que sí se dice en ese artículo es lo siguiente: “Esta Constitución podrá ser reformada si la proposición de la reforma se presenta en el Congreso Nacional con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra Cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo”.

Es decir no es el respaldo de la “tercera parte de cada Cámara” lo que se precisa para introducir un proyecto de ley de reforma a la Constitución sino simplemente la tercera parte de cualquiera de las dos Cámaras. Y si bien es cierto que la “tiranía” del Congreso como llamara el Presidente Fernández a la predominancia legislativa del Partido Revolucionario Dominicano en el pasado, hoy día la ejerce a cabalidad y de acuerdo su inveterado sectarismo el Partido de la Liberación Dominicana, en la Cámara de Diputados existe un número de legisladores de la oposición que sobrepasan “la tercera parte de una u otra Cámara” para introducir cualquier proyecto de ley de reforma constitucional.

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