Reforma constitucional: una propuesta

Reforma constitucional: una propuesta

RAFAEL TORIBIO
La defensa y el reclamo por una parte muy importante y significativa de la sociedad civil de que la Constitución necesitaba una profunda, pausada y modernizante reforma, con una amplia participación de la ciudadanía, preferiblemente realizada por una Asamblea Constituyente, terminó en una reforma apresurada, reducida y parcial, llevada a cabo exclusivamente por los legisladores transformados en Asamblea Revisora.

La reforma de la Constitución que debía hacerse se dejó para luego, aprobándose tan sólo dos de las tres propuestas presentadas. Pasadas las angustias de una reforma constitucional que respondió fundamentalmente a intereses políticos partidarios de carácter coyuntural, convendría que antes de intentar reformar de nuevo la Constitución, la dirigencia social y política iniciara una profunda reflexión que concluyera en un acuerdo nacional sobre la manera que se estima más adecuada para hacer la reforma pospuesta de nuestra Constitución, y sobre los artículos que habrán de ser reformados. Por el momento abordaré fundamentalmente la forma en que debiera ser reformada la Constitución.

Aunque hay algunas opiniones divergentes,  puede afirmarse que existe un amplio nivel de consenso en la clase política y en la sociedad civil respecto a la necesidad de reformar la Constitución. Igual nivel de consenso existe en considerar que la sola modificación de la Constitución  no va a significar que todos los problemas de nuestro sistema político serán resueltos, pero sí que puedan serlo. Si bien es cierto que el marco institucional lamentablemente no determina en nuestra realidad el quehacer cotidiano en las instituciones, ni el ejercicio de las autoridades electas, como tampoco el comportamiento ciudadano, no es menos cierto también que ese marco institucional facilita o dificulta que las instituciones, las autoridades y los ciudadanos actúen y se comporten como se espera en un Estado de Derecho, con una sólida institucionalidad democrática. Y en ese sentido se estima que nuestra actual Constitución necesita dos tipos de reformas: una de «poco calado» para corregir incongruencias en el texto por el poco cuidado tenido en las reformas realizadas, y otra mucho más profunda para adecuarla a los nuevos tiempos, los actuales y los por venir. No olvidemos que la actual Constitución es, fundamentalmente, la misma de 1966. Mucho mas ahora por cuanto una de las dos últimas reformas aprobadas significó el restablecimiento de la reelección presidencial que fue abolida en la reforma de 1994.

Recogiendo y tratando de interpretar las demandas y propuestas que han hecho distintos sectores y personalidades, parece conveniente y necesario que en un proceso de reforma constitucional se observen, al menos, los siguientes principios: legalidad y legitimidad, en el sentido  de que debe realizarse según lo establecido por la Constitución, pero de una forma que cuente con la aceptación de las fuerzas sociales y políticas más significativas;  un amplio consenso entre estas mismas fuerzas sobre el contenido de la reforma; una participación real de la sociedad civil, complementando a los partidos políticos; conocimiento experto para articular los acuerdos en un anteproyecto; sanción legislativa y ratificación por el pueblo, como depositario final de la soberanía. Un proceso de reforma constitucional en el que se hayan observados y conjugados los principios anteriormente señalados tendrá por resultado una Constitución que será no sólo aceptada, sino asumida y defendida, porque refleja el sentir, las aspiraciones y los pareceres de toda la sociedad en la diversidad con que conforma el Estado. Será una Constitución de todos, porque todos hemos participado, de alguna manera, en su elaboración. Y esta es la primera condición para que una Constitución deje de ser un marco institucional y jurídico solamente formal para convertirse en algo que realmente tenga vigencia, regulando el quehacer de las instituciones, el ejercicio del poder político, las actividades de las autoridades y el comportamiento de los ciudadanos.

Lo importante es entonces lograr la manera en que puedan conjugarse estos principios, y creemos que nuestra experiencia, y las experiencias de las distintas fórmulas que se han utilizado en recientes reformas constitucionales en algunos países europeos y de América Latina, nos pueden ayudar a encontrar una fórmula innovadora en que se combinen lo mejor de los distintos modelos y experiencias. Y pienso que pudiera ser ésta, que formulo como propuesta con la esperanza de que provoque algunas reacciones, para descalificarla o para enriquecerla.

El proceso se iniciaría con la creación, por un Decreto del Poder Ejecutivo, de una Comisión Especial formada de tal manera que sea representativa de la diversidad nacional, comprendiendo a representativos de la sociedad civil y de los partidos políticos, que tendría la encomienda de escuchar pareceres y propuestas, organizando consultas a nivel nacional y municipal, y elaborar luego las propuestas de reformas a la Constitución. Sería una Comisión creada por el Presidente de la República para que le sugiera la forma de reformar la Constitución, así como el contenido de la reforma, dejando a las organizaciones políticas y de la sociedad civil le designación de sus representantes. La Suprema Corte de Justicia, por su parte, nombraría una Comisión de reconocidos constitucionalistas con la responsabilidad de elaborar un anteproyecto de reforma a la Constitución, partiendo de las propuestas consensuadas en la Comisión Especial nombrada por el Presidente de la República. Este anteproyecto sería conocido y sancionado por los legisladores del Congreso Nacional, transformado en Asamblea Revisora. El texto  aprobado por el Congreso en Asamblea Revisora se sometería a un Referendum donde el pueblo, que detenta el poder soberano, lo sancionaría de forma definitiva. En esta fórmula se conjugan la intervención de los tres Poderes del Estado, la participación de la sociedad civil, un conocimiento experto en la presentación de las propuestas y la sanción definitiva de quien detenta el poder soberano. Permite que la sociedad civil presente sus pareceres de forma articulada y consensuada con la clase política y se reserve al Congreso Nacional la aprobación del nuevo texto constitucional, pero dejando al pueblo, en un Referéndum, la sanción final.

Es muy probable que existan o se prefieran otras fórmulas para lograr que la reforma de la Constitución sea el resultado de un gran acuerdo nacional. La que aquí se presenta trata  de hacer posible la participación y la colaboración de los que deben ser los actores del proceso político constitucional, otorgándole y preservándole  a cada uno un ámbito de competencia. Por estas razones, creo es posible que tenga poco rechazo, por lo que puede ser factible.

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