Reforma contempla  de  interés   explotación  de hidrocarburos

Reforma contempla  de  interés   explotación  de hidrocarburos

El proyecto de reforma constitucional propuesto  contempla declarar de alto interés público la exploración y explotación  de hidrocarburos en el territorio nacional y en las áreas marítimas  bajo jurisdicción del Estado.

Asimismo,  en la pieza se señala que todos los recursos naturales situados en el país, incluidos los yacimientos mineros, son de titularidad estatal y sólo podrán ser explorados y explotados por particulares  en virtud de las concesiones o contratos que se otorguen en las condiciones que determine la ley.

 “Los beneficios percibidos por el Estado por la explotación de sus recursos podrán ser dedicados al desarrollo de las  provincias  donde se encuentren en la proporción y condiciones fijadas por la ley.

 El  artículo 10 de la sección 11 sobre recursos  naturales indica  que las cuencas altas de los ríos y las zonas de biodiversidad endémica serán objeto de protección especial por parte de los poderes públicos que garanticen su gestión y preservación como bienes fundamentales de la Nación. Agrega además que los ríos, lagos, lagunas, las playas y costas nacionales pertenecen al dominio público y son de libre acceso al público.

La Ley regulará las condiciones y formas en que los particulares podrán acceder al disfrute o gestión de dichas áreas.

    “Se declara de alto interés público la exploración, explotación, estudio, preservación y aprovechamiento  racional de los recursos vivos y no vivos de las áreas marítimas bajo jurisdicción nacional, en especial del conjunto de bancos y emersiones dentro de la política nacional de desarrollo marítimo”, agrega el artículo 11 del documento.

  El proyecto de  reforma constitucional fue presentado por el presidente de la República, Leonel Fernández, al Congreso Nacional, a fin de que  produzcan las discusiones pertinentes para su posterior  aprobación y promulgación.

Conllevó varias consultas a cargo de personalidades  designadas por el primer mandatario para la elaboración del documento  de reforma  constitucional.

Entre esas personas  figuran monseñor  Agripino Núñez Collado, Milton Ray Guevara, Eduardo Jorge Prats, Luis Gómez y Aura Celeste Fernández, entre otros.

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Declaración

El anteproyecto estipula en su artículo 11, sección ll sobre recursos naturales  declarar de alto interés público “la exploración, explotación, estudio, preservación y aprovechamiento  racional de los recursos vivos y no vivos de las áreas marítimas bajo jurisdicción nacional, en especial del conjunto de bancos y emersiones dentro de la política nacional de desarrollo marítimo”.

Beneficios

En tanto, el artículo 9 indica que los beneficios percibidos por el Estado por la explotación de sus recursos podrán ser dedicados al desarrollo de las  provincias  donde se encuentren en la proporción y condiciones fijadas por la ley.

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