Un estudio del Observatorio Político Dominicano (OPD) de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE) considera que es pertinente que la reforma electoral sea aprobada al menos un año antes de las elecciones, a los fines de que su puesta en práctica no suponga un obstáculo llegadas las fechas de montaje de los comicios, ya sean primarias o votaciones generales, para evitar falencias, improvisaciones e inobservancias como consecuencia de falta de tiempo para adaptar el proceso electoral a la normativa reformada.
Precisa, además, que la nueva reforma a la legislación electoral y de partidos requiere la inclusión de principios rectores del proceso electoral, cambios directos al texto normativo realizados por el Tribunal Constitucional (TC) mediante sentencias de inconstitucionalidad, enmiendas sobre los aspectos que se solapan y son contradictorios.
«Además esta nueva legislación electoral debe incluir un examen riguroso de compatibilidad entre el texto de la reforma y la Constitución, para evitar que no sea objeto de tantos recursos de inconstitucionalidad posteriormente», agregan los autores del estudio, Vladimir Rozón y Jean Luis Sanó, coordinador e investigador de la Unidad de Partidos Políticos del OPD, respectivamente,
La Junta Central Electoral (JCE) ha planificado para este año una reforma para corregir diversos aspectos de las leyes 15-19 del Régimen Electoral y 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
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26 reformas
El estudio “Legislación electoral y de partidos en República Dominicana: origen, evolución y nuevo proceso reformatorio” revela que entre 1978 y 2019, se realizaron 26 reformas. “A partir de la caída del régimen de Trujillo en 1961, pasando por la anterior normativa electoral ( 275-97) y llegando a la primera actualización integral del marco electoral dominicano con la Ley núm. 15-19 de Régimen Electoral, en el país se han producido 26 reformas en esta materia”.
La investigación precisa que la promulgación de ambas leyes, trajeron consigo controversias, denuncias y sometimientos por inconstitucionalidad de una serie de artículos de ambas leyes, especialmente en términos de libertad de expresión, afiliación, requisitos de candidaturas, alianzas y coaliciones, entre otros.
Agrega que las principales cuestiones sujetas a revisión serían: financiamiento, las circunscripciones electorales, duración de la campaña , el método D’Hondt y la Procuraduría en Delitos Electorales.