Reforma universitaria: masificación y calidad

Reforma universitaria: masificación y calidad

Jesus de la Rosa.

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Los formuladores de la Ley 139-01 sobre educación superior, ciencia y tecnología esperábamos que un número de estudiantes universitarios cada vez mayor optara por carreras de ciclos cortos como modo de aliviar la presión sobre las carreras tradicionales y de ampliar la oferta de técnicos de grado medio y superior.

Pero, lamentablemente no sucedió como nosotros esperábamos que sucediera: la demanda estudiantil ha venido evolucionando en la dirección contraria a lo esperado, teniéndose como resultado que el número de estudiantes matriculados en carreras tradicionales se ha venido elevando, mientras el de estudiantes matriculados en carreras técnicas se estancaba, más bien, se reducía.

Además de ese desequilibrio, el Sistema Dominicano de Instituciones de Educación Superior presenta otros: el de la concentración en pocos lugares del número de estudiantes matriculados en universidades y el de la distribución concentrada del número de cursantes de estudios superiores según los tipos y clases de saberes.

Todos estos desequilibrios afectan la calidad de la educación, no solo en aquellas instituciones de educación superior desbordadas por la masificación, también en otras en las que la concentración de estudiantes matriculados en áreas concretas del saber ha alcanzado o superado la capacidad de enseñanza de la que esas instituciones disponían.

En todos esos casos, el principio de la libertad de elección del estudiante entra en conflicto con el objetivo igualmente valioso, el de mantener y mejorar la calidad de la educación.
La corrección de los desequilibrios señalados envuelve un dilema político sumamente doloroso.

En las mesas de concreción y discusión del Pacto Nacional para la Reforma Educativa en la República Dominicana (2014-2030) se discutió la posibilidad de elevar las exigencias para que un estudiante pudiera ser admitido.

Ello provocó que las máximas autoridades de entonces nos pidieran que, antes de proceder a hacerlo, esperáramos avanzar más en el proceso de reforma de la educación preuniversitaria.

Y así lo hicimos. Como vemos, se trata de un tema muy delicado que mereció y merece ser manejado con mucho más a profundidad.

Tomemos muy en cuenta que la calidad de la enseñanza superior debe prevalecer sobre la libertad total o absoluta de elección de parte de los estudiantes, siempre y cuando se llegue a la conclusión de que un nuevo aumento del número de alumnos matriculados en una facultad o en un área del saber determinada terminará superando la capacidad de enseñanza de que se dispone.

Basándose en ese principio y amparándose en el concepto de autonomía, el rector (plural masculino) de la Pontificia y Real Universidad Autónoma de Santo Domingo, o de cualquier otra universidad pública, puede y debe solicitarle al Consejo Universitario autorización para fijar límites al número de estudiantes matriculados en cualquiera de las carreras ofertadas.

El Campus de la UASD de la ciudad de Santo Domingo, una vez concluya el proceso en marcha y a punto de concluir, de construcción, reparación y equipamientos de aulas, y se proceda a la contratación de alrededor de 3 mil catedráticos adicionales a los que dispone, no tendría capacidad para recibir más de 100 mil estudiantes.

De ahí la urgencia de terminar de construir un nuevo campus al este de la gran ciudad de Santo Domingo.

Tal y como lo expresara la doctora Emma Polanco Melo, rectora de la Pontificia y Real Universidad Autónoma de Santo Domingo, “en estos momentos, se hace imprescindible atender la necesidad que tiene la educación de innovar sus procesos para tratar de influir en las nuevas y cambiantes condiciones sociales y así con su misión.

Pero también se está frente a la oportunidad de convertir a la universidad (se refiere a la Universidad Primada de América) en una organización que aprenda de sus prácticas cotidianas y de sus vínculos con las comunidades”. Volveremos sobre el tema en las entregas restantes.

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