Reglamento comprobantes fiscales provocaría revolución tributaria

Reglamento comprobantes fiscales provocaría revolución tributaria

POR MARIO MÉNDEZ
El director general de Impuestos Internos, licenciado Juan Hernández, aseguró ayer que el Reglamento de Emisión de Comprobantes Fiscales, establecido por decreto del Poder Ejecutivo, provocará una revolución en la administración tributaria y reducirá la evasión fiscal en ocho o nueve puntos porcentuales.

Hernández explicó que el éxito de este reglamento está asegurado porque serán los propios contribuyentes los más interesados en asegurarse de que sus suplidores de bienes y servicios tengan comprobantes autorizados por la DGII, porque de lo contrario, sus gastos no serían deducibles al momento de la liquidación de impuestos.

El funcionario dijo que la evasión del ITBIS, que estaba en 46 por ciento a la llegada de la actual la administración, ha sido reducida a 35 por ciento, y que el objetivo, dentro del plan antievasión de las presentes autorizadas, es reducir al lugar en que se encontraba al final de la administración del período 1996-2000, que era de 29 por ciento.

Dijo que ya la administración ha tenido resultados muy positivos con la norma 8, que controló el pago del ITBIS a través de tarjetas de crédito, lo cual ha permitido elevar significativamente la cantidad de contribuyentes que declaran ese impuesto. 

Afirmó que el reglamento fue consensuado con la Asociación de Industrias y la Organización Nacional de Empresas Comerciales (ONEC), entidades que dieron su buena acogida porque evitaría la competencia desleal que hacen los que no pagan los impuestos a quienes cumplen con sus obligaciones fiscales.

Hernández planteó que con la aplicación del reglamento todos los comprobantes fiscales tendrán que ser autorizadas por la DGII.

Los comprobantes fiscales son los documentos que avalan las ventas o la prestación de servicios de los contribuyentes e incluyen: facturas que generan crédito fiscal para fines del ITBIS y/o sustentan costos y gastos para fines del ISR; facturas a consumidores finales (sin valor de crédito fiscal); notas de débito y crédito, y especiales (de excepción).

Explicó que este mecanismo ha sido implementado con éxito en muchos países.

El objetivo del Reglamento es establecer mecanismos de control de emisión de documentos por parte del contribuyente, que permitan verificar de manera relativamente simple los registros de ingresos, los créditos utilizados para el ITBIS y los costos y gastos deducidos para fines del ISR.

Los controles

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) presentó el proyecto de Regulación de Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes Fiscales (o facturas) que regirá toda la economía dominicana a partir de enero próximo. Esto como parte de los objetivos de la DGII para este año, en la cual se busca implementar nuevos mecanismos para el control efectivo de los créditos que se utilizan en el pago del ITBIS y de los costos y gastos deducidos para fines del Impuestos Sobre la Renta.

El nuevo sistema quedó oficializado el pasado lunes con la emisión del Decreto del Poder Ejecutivo 254-06 que contiene el Reglamento de la nueva regulación.

El Director General de Impuestos Internos, Juan Hernández y los subdirectores general de Recaudación y Tecnología, Germania Montás Yapur, y Jurídico, Roberto Rodríguez Estrella, se reunieron con líderes de opinión del país para explicar las implicaciones que la nueva medida tendrá en el comercio y la industria del país.

Los mecanismos del control de emisión de documentos que tienen validez para fines fiscales han sido sujetos en prácticamente todas las Administraciones Tributarias. Si se observa el cuadro anexo, en Chile desde 1974 se regulan desde facturas hasta las letras de cambio y pagarés, pasando por Bolivia (1987), México (1989), Perú (1992), Argentina (1992) hasta colombia que implementó esta regulación en el 2005

Lo que se pretende con este tipo de medida es establecer mecanismos de control de emisión de los documentos por parte del contribuyente, que permitan verificar de manera relativamente simple los registros de ingresos, los créditos utilizados para el ITBIS y los costos y gastos deducidos para fines del Impuestos Sobre la Renta o Impuestos Sobre la Renta (ISR).

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