POR PEDRO GERMOSEN
El presidente Leonel Fernández reintrodujo ayer al Senado el proyecto de ley que establece un marco legal para la creación de Zonas Financieras Internacionales, mediante una serie de mecanismos que incluye uno para prevenir el lavado de activos ilícitos y otras actividades criminales.
En el mensaje anexo, el jefe del Estado resalta que estos parques industriales garantizarían mejores prácticas en este tipo de negocios y, al mismo tiempo, atraerían empresas financieras extranjeras que inspiren confianza y promuevan la imagen del país.
El proyecto crea la Unidad de Inteligencia Financiera a fin de prevenir e identificar el lavado de dinero, las actividades financieras criminales y las que financien el terrorismo en las Zonas Financieras Internacionales.
En las referidas zonas francas se ofrecerán negocios financieros internacionales y otros servicios conexos, de situación extraterritorial, únicamente a personas físicas y jurídicas domiciliadas fuera de la República Dominicana o a los participantes del mercado.
Según la legislación, las Zonas Financieras Internacionales no formarán parte del sistema monetario y bancario nacionales, y se regirán por las disposiciones de la nueva ley y sus reglamentos.
El marco institucional del sistema de Zonas Financieras Internacionales está conformado por los órganos Supervisor y Regulador de las mismas.
El primero se encargará de supervisar a los participantes del mercado, mientras el segundo, de dictar, implementar y hacer cumplir los reglamentos .
Los actos administrativos de las Autoridades Reguladoras, dictados en el ejercicio de sus facultades y de conformidad a la presente ley, se presumen lícitos, por lo que serán inmediatamente ejecutorios.
La inobservancia de los reglamentos podrá dar lugar a la imposición de sanciones y acciones correctivas.
Los directores y funcionarios de las Autoridades Reguladoras no serán civilmente responsables por actos u omisiones realizados de buena fe, en el cumplimiento de sus obligaciones o funciones.
Sin embargo, no libera de responsabilidad al Órgano Supervisor de las Zonas Financieras Internacionales o al Órgano Regulador, incluyendo cualquier responsabilidad con relación a cualquier contrato comercial celebrado por éstos en cumplimiento de sus respectivas obligaciones o funciones.
La legislación dispone que el Estado dominicano no será responsable por cualquier obligación, acto u omisión de los participantes en el mercado.
El proyecto crea el Órgano Supervisor de las Zonas Financieras Internacionales como una entidad descentralizada del Estado, con personalidad jurídica y autonomía financiera y funcional.