Requerimientos diplomáticos contemporáneos

Requerimientos diplomáticos contemporáneos

MANUEL MORALES LAMA
La teoría de la diplomacia se ha desarrollado a través de la historia siguiendo líneas paralelas de esenciales conocimientos y fundamentos de carácter científico que la han convertido hoy en un indispensable proceso continuo cuyos principios representan la experiencia acumulada de generaciones de hábiles y talentosos funcionarios, comprometidos plenamente en la defensa de los intereses fundamentales de las naciones que han representado, por demás sensatos y razonables, que han sabido demostrar las ventajas de la concertación frente a la confrontación (H. Nicholson).

No obstante haber sido la diplomacia pontificia una de las modalidades más antiguas y bien organizadas de todas las existentes, la principal influencia formativa de la teoría de la diplomacia no fue la religión, sino el sentido común.

Recuérdese que fue a merced del comercio como las personas aprendieron a aplicar el sentido común. Sin embargo, el concepto mercantil de la diplomacia debe estar regido por un trato equitativo.

Con las debidas adecuaciones a la realidad de este tipo las labores básicas del diplomático siguen siendo: La negociación (que es la función por excelencia de este ejercicio), la protección de los intereses y los nacionales del país que representa, la observación e información (que incluye el análisis político) y la representación (que requiere ser un genuino representante de su nación, comprometido plenamente en la defensa de los intereses fundamentales de su país. De igual forma, corresponde a sus responsabilidades el fomento de relaciones económicas y comerciales; culturales y científicas, así como el desarrollo de relaciones amistosas y de la cooperación, entre otras relevantes acciones. Pera la adecuada ejecución de sus funciones el diplomático debe estar dotado de los indispensables conocimientos, constantemente actualizados, y de la necesaria experiencia en ese ejercicio, de forma tal que garanticen la eficacia de las acciones en ese ámbito.

Javier Pérez de Cuellar, ex Secretario General de la ONU y actual Embajador del Perú en París, en su conocido Manual de Derecho Diplomático (edición mexicana de 1999) sostiene: «A diferencia de las carreras liberales y a semejanza de las militares, la profesión de diplomático sólo puede ser ejercida al servicio del Estado. Razón ésta que debe inducir a los gobiernos y a los agentes mismos a preservar el carácter apolítico que está en su esencia». A lo que el autor añade: «Sin mostrarnos adversos a esa práctica consideramos que es deseable que sea lo más limitado posible el número de (Embajadores políticos) designados y que reciban éstos una cuidadosa información, previo al ejercicio de sus funciones, respecto a su propio país y del país y gobierno ante el que van a ser acreditados, así como los usos diplomáticos, fundamentos del ejercicio y los correspondientes lineamientos de la política exterior del Estado. No conviene al interés de los gobiernos el desalentar a calificados funcionarios que se han dedicado de manera exclusiva a su carrera diplomática, en cuya formación se ha invertido, negándoles el desempeño de determinadas misiones importantes por ser éstas consideradas para el cumplimiento de compromisos de carácter político, en gran medida en perjuicio del trabajo profesional que requieren las relaciones diplomáticas contemporáneas».

Cabe recordar que con la evolución del concepto de Estado, incluso en las monarquía, el agente diplomático no representa la persona del Jefe de Estado, ni al gobierno, sino al Estado mismo, aunque en forma indirecta, por delegación de aquél. El agente diplomático es hoy exclusivamente un órgano del Estado al que representa.

Téngase presente, afirma Luis Narváez, «al ser humano y a la formación profesional. Al individuo de carne y hueso, adherido y respaldado por el saber científico. Al actor, por excelencia de las negociaciones internacionales. Al representante de una unidad diferenciada específica, quien en el proceso de negociación debe exhibir humildad para entender los disensos, ductilidad para llegar al consenso y firmeza para asumir la defensa de la política exterior de su unidad diferenciada».

Finalmente -tal como afirma la Corte Internacional de Justicia- el régimen de las relaciones diplomática viene a ser un edificio jurídico, pacientemente construido por la humanidad en el curso de siglos, cuya salvaguarda es esencial para la seguridad y bienestar de una comunidad compleja como la actual. Para esto es indispensable el respeto escrupuloso y constante de las reglas que presiden el desarrollo de las relaciones entre sus miembros.

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