Resalta aspectos dificultan labor de recaudación

Resalta aspectos dificultan labor de recaudación

POR EVARISTO RUBENS
El economista Alfonso Abreu Collado dijo ayer que la cuestionada distribución de los recursos del gobierno, la ausencia de transparencia en las compras oficiales y las violaciones de normas legales por parte del Estado, dificultan las labores de recaudación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y de otras instituciones.

Abreu Collado participó como comentarista en la segunda mesa redonda sobre la transparencia de las recaudaciones nacionales, donde también expuso el director de DGII, Juan Hernández, la que fue organizada por la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) en la sede de UNIBE.

Dijo que existen cuatro elementos que dificultan las labores de los recaudadores en general y contribuyen a acentuar el incumplimiento de los contribuyentes.

También consideró encomiable el trabajo que están haciendo los empleados de la DGII y de otros organismos, para aumentar las recaudaciones.

Abreu Collado expresó que son cuatro los elementos básicos que interfieren las labores de recaudación y que no desentienden de la administración tributaria.

Entre ellos citó el «muy cuestionado» orden de la asignación de los recursos del Estado, la ausencia de transparencia en lo que tiene ver con las compras gubernamentales y la asignación de obras públicas, la violación de las normas legales por parte del propio Estado y la impunidad generalizada que se vive en el país.

El economista también manifestó que cuando se piensa en el gasto corriente del país, lo primero que viene a la cabeza es una nómina supernumeraria, pero que particularmente llama la atención el caso de los nombramientos de los consulados en el exterior desde hace años, para beneficiar a amigos y relacionados con recursos que deberían ser depositados en la Tesorería Nacional.

Señaló que hay una gran cantidad de nombramientos de subsecretarios de Estado que sobrepasan por decenas lo que es el límite de cada Secretaría, violentando el artículo 61 de la Constitución de la República, que ordena que sólo por ley pueden ser creados.

Abreu Collado dijo que en el gasto de capital hay muchas obras que no tienen ninguna utilidad social y citó como ejemplos el Faro a Colón, el aeropuerto de La Isabela, «construidos por encima de la cabeza de todo el mundo y las opiniones técnicas».

Expresó que más recientemente, se ven una serie de inversiones que se están haciendo y que no guardan en realidad ninguna relación con la situación de la pobreza extrema de la población.

Mencionó también la inversión en el amueblamiento del edificio de la Suprema Corte de Justicia, la compra de un inmueble en el sitio más exclusivo de la ciudad para una oficina gubernamental a un costo millonario, la inversión en dólares del Estado en un centro de salud privado en Santiago y otros casos.

Aseguró que todo eso dificulta la labor de las recaudaciones en la DGII y en otras instituciones del Estado.

Dijo, además, que la mayor parte de las obras del Estado se construyen mediante el sistema conocido como de grado a grado, lo que según los entendidos, implica que entre el 20% y 30% de los recursos invertidos en compras gubernamentales, se pierden.

Dijo además que hace poco la Dirección General de Aduanas publicó un espacio pagado en el que conmina a las personas que han traído vehículos con impuesto único a pagar la parte del gravamen que no han honrado, lo que consideró correcto por parte de ese organismo.

Indicó que el párrafo dos de la Ley 4027 de 1955, de exoneraciones, dice que «las exoneraciones que tengan como justificación una finalidad desinteresada sobre utilidad pública no prevista expresamente, sólo podrán ser otorgadas por el Poder Ejecutivo con las condiciones que se declaren o perciban en cada caso, sin cuyo cumplimiento podrá ordenarse el cobro de los impuestos correspondientes».

Recordó que 1993 hubo una reforma arancelaria en el país y varias derogaciones de leyes, pero que de la Ley 4027 el único párrafo que se derogó fue justamente ese.

Abreu Collado expresó que a partir de esa fecha, el Presidente de la República ya no tiene ese pretexto del párrafo 2 de esa ley para otorgar impuesto único, si no es a través de una ley del Congreso Nacional, autorizándolo.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas