Resalta beneficio Ley 46-20 para recaudo del Estado

Resalta beneficio Ley 46-20 para recaudo del Estado

La Ley 46-20 de Revalorización Patrimonial y Amnistía Fiscal sin lugar a duda es una de las herramientas más importantes del Estado para recaudar en tiempos en que la pandemia covid 19 ha mermado los tributos en sentido general por el cierre forzoso de numerosas empresas.

Así lo expresó el experto en tema fiscal y tributario, Abraham Montero, durante una entrevista para HOY, en la que explicó que la referida ley contempla el aumento o disminución de efectivo, cuentas por cobrar, inventarios, activos fijos, otros activos y pasivos revelados o no en las últimas declaraciones juradas, aportando los documentos probatorios que avalen tales partidas cuando sean personas jurídicas.

Sin embargo puntualizó que se debe considerar que el movimiento de estas partidas generaría por defecto un incremento en la cuenta de capital, según la Norma General 05-2020.

Recordó que el impuesto contemplado es de un 2% del valor revalorizado y un 1% sobre la base del incremento del capital, el cual deberá capitalizarse a más tardar en la fecha del cierre del próximo periodo fiscal del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Agregó que la ley establece descuentos especiales sin importar el impuesto para contribuyentes con deudas, ya sean estas por declaraciones ordinarias o determinadas por la Administración Tributaria (AT) antes de la promulgación de la ley. Asimismo comentó que según la norma, el promedio de los impuestos efectivamente pagados en estos periodos será un crédito deducible del valor determinado, no obstante, esta amnistía viene con algunos sacrificios para el que la invoque, tales como la pérdida de saldos a favor en el ISR e Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y la renuncia automática de las pérdidas pendientes de compensar.


“Amén de las recaudaciones proyectadas por el Estado, tanto la Revalorización como la Amnistía vienen a dar un respiro, aunque un poco costoso en relación a amnistías anteriores, a aquellos contribuyentes que pudieran estar en estado de vulnerabilidad ante la AT”, dijo el socio de la firma VAM Auditores.

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