Luego de una prolongada sesión de debates donde recibió las conclusiones de las partes, el Tribunal Superior Administrativo (TSA) decidió hoy reservarse para una próxima fecha el fallo sobre el recurso de amparo interpuesto por la Casa del Conductor contra el contrato suscrito entre la Procuraduría General de la República y el Centro de Asistencia al Automovilista.
En la audiencia participaron todas las partes principales e intervinientes del proceso, incluyendo la Casa del Conductor (CMA), el Centro de Asistencia al Automovilista (CAA), La Fundación Jurídica en Defensa del Consumidor (FUNJUDECO); el Instituto de Protección a los Derechos del Consumidor (ProConsumidor); la Procuraduría General de la República y el Poder Judicial, en calidad de partes accionadas.
Al llamar la atención sobre la trascendencia del proceso conocido por la Justicia dominicana, la Casa del Conductor sostiene que el caso plantea un abierto desafío a los principios de igualdad ante la ley, el respeto a la libre competencia y el derecho de los ciudadanos a elegir un servicio o un proveedor, tal como lo plantea la Ley de Protección al Consumidor.
Dice viola libertad de empresa y derechos delos consumidores. En una declaración donde evalúa el recurso incoado a través del TSA, la Casa del Conductor indica que al constituirse en un cartel de empresas de un mismo sector, “el grupo de 11 aseguradoras pretende actuar como juez y parte al ejercer en una instancia controladas por ellas la potestad de asesorar, pagar la fianza, participar en el proceso de conciliación, propiciar acuerdos entre las partes y establecer el monto de las indemnizaciones económicas que deben ofrecer las aseguradoras a sus clientes”.
“Para nadie es un secreto que la formación del CAA no solo es ilegal, de acuerdo a la Ley General de Seguros, que prohíbe a las empresas del ramo dedicarse a actividades ajenas a su área de servicio y específicamente al desarrollo de actividades especulativas, como las que están patrocinando a través de este proyecto, sino también contraria a la ley de Protección al Consumidor que consagra el derecho de los ciudadanos a elegir libremente productos, servicios y proveedores”, indica la Casa del Conductor al justificar el recurso de amparo.
Contrato cargado de privilegios. El Consejo de Abogados de la Casa del Conductor y los abogados de Funjudeco argumentaron ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) que el contrato suscrito entre la Procuraduría General de la República y el Centro de Asistencia al Automovilista, genera una conjunto discrecional de privilegios en violación de los principios esenciales de la Ley de Compra y Contrataciones Públicas, en desconocimiento de la Ley de Libre Competencia,y en franca contradicción con la letra y espíritu de la Ley General de Seguros de la República Dominicana.
En representación del interés ciudadano, tanto Pro-Consumidor como CONFUDECO, establecieron ante el tribunal, que el contrato con CAA viola los derechos de libre elección e información de los consumidores, basados en prácticas desleales y monopolísticas que han perjudicado sensiblemente a los asegurados, a través de cancelaciones masivas e unilaterales de los servicios de asistencia al accidentado previamente contratados por estos con la Casa del Conductor, y arbitrariamente migrados por las compañías de seguros que controlan al Centro de Asistencia al Automovilista, hasta el mismo, donde los consumidores, sin contar con información previa alguna, que les permita hacer una elección, reciben un servicio de menor calidad.