Resolución 87-2009 prohíbe vehículos acuáticos y motorizados en  balnearios

<P>Resolución 87-2009 prohíbe vehículos acuáticos y motorizados en  balnearios</P>

La secretaría de Estado de Turismo  prohibió el uso y circulación de vehículos acuáticos, motorizados, caballos y cualquier equipo que ponga en riesgo la seguridad de los vacacionistas en playas y balnearios del país, durante el asueto de la Semana Santa.

La resolución número 87-2009, emitida por la institución, prohíbe el uso y  circulación en playas y balnearios  de jets ski, vehículos y botes de motor, motocicletas, caballos y “cualquier equipo que ponga en riesgo la seguridad de los bañistas desde el jueves nueve hasta el domingo 12, de este mes, cuando culmina la semana mayor”.

La medida, que se enmarca en las atribuciones plasmadas en la Ley Orgánica de Turismo (541-69) y sus modificaciones posteriores, así como en la resolución 02 del 2004, se dispuso en virtud de la  cantidad de turistas nacionales y extranjeros y de público en general que acuden a playas, ríos y polos turísticos del país para aprovechar el feriado de esta época.

Resalta, además, que el libre uso de las zonas de playas, de acuerdo con la Ley 305 del 1968, debe realizarse “dentro de los cánones que establecen la leyes, normas y buenas costumbres que rigen las relaciones de respeto, tanto a la persona como a la propiedad  pública o privada”.

Durante el feriado (del 9 al 12 de abril) se permitirá, sin embargo, el transporte marítimo en la Laguna Gri-Gri, Isla Saona, Isla Catalina, y Cayo Levantado, e en el marco de estos parámetros.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas