El funcionario enfatizó que esta resolución abre un proceso donde las relaciones laborales existentes comenzarán a formalizarse.
El ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, así lo aseguró, al aclarar que el Convenio 189 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) que regula el trabajo doméstico, y que ratificó República Dominicana en 2016, reconoce al empleador como una familia, no como una empresa, ni una unidad productiva.
Entre los derechos que sí se reconocen, detalla el ministro, son las ocho horas laborales por jornada, descansos, vacaciones, un salario mínimo y su inclusión a la seguridad social. Y como hay tantas modalidades de contrato en el trabajo doméstico (puede ir de un servicio con dormida a solo un día a la semana), el funcionario especificó que será un «común acuerdo» entre las partes.
“Sí una persona en el trabajo doméstico tiene en la mañana x cantidad de horas que no está desarrollando una función en ese momento, pues en ese momento la jornada se encuentra suspendida. Es un común acuerdo entre las partes y fomentamos que ese acuerdo sea por escrito”, detalló el ministro.
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El funcionario enfatizó que esta resolución abre un proceso donde las relaciones laborales existentes comenzarán a formalizarse. “Esto no significa, necesariamente, que el salario deba aumentar, porque el salario mínimo no es lo mismo que el salario medio de un mercado, simplemente es que no puede ser menos de allí…”, dijo.
Para facilitar este contrato escrito, el Ministerio de Trabajo estará habilitando una plataforma para el contrato doméstico, y también se crearán unos “formularios simples, donde se establezcan las condiciones mínimas que se deben informar para mayor claridad entre las partes”, resaltó De Camps durante una entrevista al programa radial Distrito Informativo, que se transmite de lunes a viernes de 7:00 a 9:00 de la mañana, por La Rocka, 91.7 FM.
El funcionario puntualizó que se busca brindar protección social a unas 260,000 personas que se dedican al trabajo doméstico, que implicará, primero, la aprobación de esta resolución con las mejoras que la ciudadanía suscriba, a través del correo consultapublica@mt.gob.do. La resolución se encuentra ahora bajo consulta pública.
Luego vendrá el reconocimiento del salario mínimo, a través del Comité Nacional de Salario, y finalmente, el proceso terminará en el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), donde se determinará la mejor forma de facilitar el registro de los trabajadores a la seguridad social.