Resultados de la autoliquidación

Resultados de la autoliquidación

POR. LIC. LUÍS ML. SÁNCHEZ D.
El pasado 21 del presente mes la Dirección General de Aduanas dispuso que las declaraciones a diferentes destinos y regímenes aduaneros se presentaran auto liquidadas, indicación de los derechos e impuestos cuando correspondiera, y en todos los casos mediante la utilización del nuevo portal de la DGA, lo que asegura la eficacia y agilidad en las operaciones del despacho aduanero en la República Dominicana.

No obstante haber informado la DGA con tiempo suficiente las nuevas exigencias de Aduanas, los usuarios del servicio, acostumbrados a la informalidad, práctica diaria en los puertos, no tomaron las previsiones y como resultado se han registrado deficiencias atribuibles a éstos, que ha obstaculizado el debido cumplimiento de la disposición y motivado la inadmisibilidad del 55.21 % de las declaraciones presentadas.

Desde el inicio del nuevo sistema de Autoliquidación, actualmente en ejecución en los dos principales puertos, los inconvenientes presentados se han visto matizados, fundamentalmente por la falta de conocimiento técnico y de la herramienta informática de los usuarios, representando el 49.43 % del total de las declaraciones no recibidas por incorrecta clasificación arancelaria y las informaciones detalladas vs. documentos anexos.

El desafío más serios que enfrenta la Institución para abolir la tradición de informalidad en la gestión del despacho aduanero, es la falta de conocimiento técnico del propio agente de aduanas, llamado a servir de soporte, auxiliar del servicio, quien para justificar su labor y ´´eficiencia´´ procura la “equivocación” adrede del personal de Aduanas en detrimento del interés fiscal, ofertando a cambio dadivas que envilecen esta importante labor de intermediación privada.  

Romper con esta cultura es cuestión de decisión, disciplina y un gran sentido de responsabilidad, en lo que la presente gestión no ha escatimado esfuerzos. Que no se justifiquen razones de que es práctica habitual, para continuar con la informalidad, que propicia, además de la discrecionalidad del empleado de Aduana el tráfico de influencias en se cimenta el negocio de la corrupción publica, lo que a socavado la imagen de una Institución que procura acreditarse como entidad de servicio.

Otro de los motivos de inadmisibilidad de las declaraciones lo constituyo los disketes con problemas técnicos, tales como unidades corrompidas o dañadas y formatos de presentación no actualizados, representando el 21.71 %, en razón de que parte de estas son realizadas en oficinas informales, y no son revisados previo a su entrega a la Administración Aduanera.

Para abolir esta práctica que ya no es sostenible ante la dinámica del comercio internacional de nuestro país, la DGA ha creado nuevas herramientas que facilita el absceso de los usuarios al nuevo portal, donde los consignatarios de mercancías tienen la responsabilidad de indicar su Agente representante, como también auto liquidar los impuestos desde la presentación de la declaración.

Es justo resaltar que si bien se han observado deficiencias atribuibles a los operadores, llámese agentes de aduanas, navieros y los propios consignatarios de las mercancías, no es menos cierto, que también la Administración Aduanera, sobretodo en lo referente a recursos humanos, pero existe en el equipo de Dirección voluntad para superarlas, de lo que esta gestión ha dado muestra suficientes a través programas intensivos de adiestramiento y capacitación del personal, maestrías, licenciaturas y asistencia permanente de técnicos a los eventos mas importantes eventos de comercio en el exterior.

Es de observar, que a pesar de las publicaciones de la DGA dando a conocer el procedimiento de despacho, la interpretación de usuarios de que no se aceptarían declaraciones por vía distinta a la Web es equivocada, también tienen la opción de realizarlas documental o físicamente, implementándose la  electrónica como una facilidad para que los operadores puedan efectuar sus declararaciones en línea de forma ágil, desde sus oficinas, lo que contribuye a desarrollar su potenciales competitivos en el servicio que ofrecen.

Lo que la Administración Aduanera ha dispuesto esta fundamentado en la Norma No. 01, de Gestión Integrada de la Cadena Logística, consignada en el referido Marco Normativo de la OMA para asegurar y facilitar el Comercio Global, donde se exige a los operadores de la cadena logística el cumplimiento de deberes y obligaciones en la declaración a la Aduana.

Para asegurar la implementación del nuevo procedimiento, que debe de contar con dos instrumentos, se han definido etapas en el desarrollo, que variaran el flujograma del despacho, de manera que no afecte el desenvolvimiento del servicio. La primera de ellas ha estado centrada en lograr mejorar la calidad de la declaración, responsabilidad de los comerciantes importadores, industriales, Agentes de Aduanas y usuarios en general del servicio.

El sistema de análisis de riesgo es el otro instrumento que lo complementara,  permitiendo identificar la carga contenerizada de potencial riesgo, mediante el uso de información previa e inteligencia estratégica, observando las mejores practicas internacionales referidas en la norma 6.3 del Convenio de Kyoto y la Especificación Técnica 1.2.2 del citado Pilar No.01 de la OMA. 

Lograr altos niveles de eficiencia en función de las mejores practicas en Aduanas, obviamente implica suplantar el sistema de verificación actual por equipos de inspección no invasivos, detectores de radiación, cuando sea necesario, y  de conformidad con resultados de análisis de riesgo recomendado en la norma 3, Pilar No.01, del señalado Marco Normativo, indispensables para agilizar el despacho sin interrumpir el flujo del comercio.

Lo que debemos hacer en la Administración Aduanera esta dicho, sin embargo, como dice mi amigo Eduardo, la mejor forma de decir es haciendo.

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