Revelan nuevos detalles acerca de los cuatros franceses acusados de narcotráficos

Revelan nuevos detalles acerca de los cuatros franceses acusados de narcotráficos

El Ministerio Público logró que fueran condenados a 20 años de prisión cada uno de cuatro ciudadanos franceses, entre ellos dos pilotos,   acusados de tráficar con  alrededor de 700 kilogramos de  cocaína, valorado en unos mil 500 millones de pesos.

El Tribunal Colegiado de ese departamento judicial dictó la sentencia contra los pilotos Pascal Jean Furet y Bruno Armand Víctor Ados, así como de los ciudadanos franceses Alain Marc Paul Marie Castañoy y Nicolás Cristopher Pisapia.

Además impartió condenas contra varios dominicanos, entre los que figuran: el capitán Bolívar Alberto Mercado Díaz, quien fue sentenciado  a 10 años de reclusión, el civil Carlos Espinal a 8 años, así como del cabo Juan Daniel Pérez Martínez y el civil  Antonio Santana Núñez, ambos condenados a 5 años de reclusión.
Este último, (Pérez Martínez) se declaró culpable en la audiencia y explicó sobre detalles del momento de la carga del avión, colocando a los pilotos en la escena, narrando  cómo al momento de cargar el avión una de las maletas se rompió, haciendo que rodaran los kilos por el suelo, y explicó cómo los pilotos  los recogieron y los volvieron a colocar dentro de la maleta.

Las autoridades han calificado dicha sentencia como la primera condena contundente que obtiene la República Dominicana  contra los cárteles de drogas internacionales europeos, y uno de los mayores golpes en torno a la incautación,  tanto de la droga como del avión.

Destacan que la condena de 20 años está  sustentada en pruebas legales basadas en testigos bajo reserva o agentes infiltrados que en sus testimonios ante el tribunal, explicaron la forma en que lograron coordinar todo y cargar el avión con las 26 maletas.

El procurador fiscal Milciades Guzmán Leonardo, quien llevó a cabo el proceso, destacó la labor investigativa del Ministerio Público para la recolección de las pruebas y la obtención de la primera sentencia de esa magnitud.

Manifestó que en caso de ser apelada “van a llevar el caso hasta las últimas consecuencias, a pesar de las presiones a lo largo del proceso por parte de infiltrados de los cárteles de drogas internacionales”.

El tribunal dictó la sentencia luego que declarara buenos y válidos los diferentes medios de prueba aportados por el Ministerio Público, ordenando que la misma sea cumplida en un centro penitenciario de la zona.

La droga fue valorada en los mil 500 millones, tomando en cuenta que el kilo de cocacína colocado en Europa se cotiza entre 40 y 45 mil euros.

Según consta en el expediente, el avión incautado con la droga en el Aeropuerto Internacional de Punta Cana  es un Falcon 50, uno de los aviones de aviación ejecutiva más usado para transporte presidencial en varios países, ultra lujoso de tres turbinas, una nave con capacidad militar y trasatlántica, con vuelos de  escala mínima, que puede recorrer más de 4 mil millas sin escala. Está valorado entre 19 y 20 millones de euros, que corresponden a mil millones de pesos.

En Puerto Plata, entre el 5 y el 9 de diciembre del 2012, los pilotos con “el pasajero VIP” Nicolás Cristopher Pisapia, posterior a esta operación de Punta Cana, realizaron un vuelo desde allí, de manera clandestina y con ruta desconocida, que posteriormente las investigaciones determinaron que fue aterrizado en un aeropuerto de Francia con unas 10 maletas cargadas, caso que se investiga en ese país y por el cual hay personas detenidas.

Uno de los testigos en el caso de Punta Cana, narró que luego de realizar esa operación en Puerto Plata, la situación o el punto se puso “caliente”, con fuertes discusiones entre los colaboradores dominicanos, lo que motivó a abrir los contactos en Punta Cana, con los cuales se coordinó esta transacción que fue detectada el 19 de marzo del 2013.

Este caso del 19 de marzo del 2013, reflejó durante las labores de inteligencia, cuatro transacciones de narcotráfico, de las cuales, en tres de ellas posteriores a esa fecha, no se pudieron obtener incautaciones ni pruebas que pudieran sustentarse, por lo que fueron desestimadas dichas operaciones, validando únicamente la de Punta Canta.

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