Roberto Rosario definió de insensatez que el PLD acuda ante el TSA

Roberto Rosario definió de insensatez que el PLD acuda ante el TSA

Roberto Rosario Dirigente Fuerza del Pueblo

El dirigente del Partido Fuerza del Pueblo (PFP) y ex presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario Márquez, calificó como una “insensatez” que el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) recurra ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) por establecer como partido mayoritario al PFP.

Entiende que al apelar ante el TSA, el PLD  “obraría en su propio perjuicio”, debido a que “esa sentencia favorece a más de 23 partidos, incluyendo la Fuerza del Pueblo”, señaló hoy en una entrevista para el programa Despierta CDN.

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Rosario explicó que la sentencia del TSA no es exclusiva del PFP sino que es común a todos los partidos.

“La sentencia dice, que es común y oponible a todos los partidos, es decir, que no es un sentencia que tiene consecuencia interparte, sino, que es común a todos los partidos”, argumentó el ex funcionario.

Agregó: “los más beneficiados son varios partidos aliados del propio PLD”.

De igual modo, indicó que “la sentencia establece que el PFP sacó más del 5% en el nivel presidencial. Por tanto, de pleno derecho, le corresponde la clasificación del 80% establecido en la ley adjetiva”.

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En días pasados, el TSA declaró nula la resolución número 02-2021 de fecha 17 de febrero de 2021, dictada en virtud del “Reglamento” número 01-2021 de fecha 27 de enero de 2021.

«En consecuencia, ordenó a la JCE interpretar lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley número 33/18 de 15 de agosto, en forma congruente con el principio de favorabilidad previsto por el artículo 74.4 de la Constitución, conforme a los motivos expuestos en la sentencia”, establece el segundo artículo del fallo del tribunal».

El artículo 74. 4 de la Cosntitución Domincana establece:

«Los poderes públicos interpretan y aplican las normas relativas a los derechos
fundamentales y sus garantías, en el sentido más favorable a la persona titular de
los mismos y, en caso de conflicto entre derechos fundamentales, procurarán
armonizar los bienes e intereses protegidos por esta Constitución«.