Ropaje institucional

Ropaje institucional

Cada sociedad es producto de su historia particular. Las vicisitudes de los pueblos son cicatrices colectivas, visibles en sus costumbres, proverbios, músicas, creencias. También en las organizaciones políticas y administrativas de cada país hay un “retrato sinóptico” de su historia social. Los empeños en adaptar, o “injertar”, instituciones políticas extranjeras en sociedades de otras culturas, son esfuerzos generalmente condenados al fracaso. Los países con tradición monárquica se las arreglan para vivir bajo “monarquías parlamentarias”, puesto que hoy es inaceptable la monarquía absoluta. Que haya dos cámaras en Inglaterra, una de “lores” y otra de “comunes”, es resultado del “desenvolvimiento” de su historia política.

La Constitución, que llaman “ley fundamental” o ley substantiva, es el documento que establece el ordenamiento político de los estados. Cuanto más ajustada a la idiosincrasia de los pueblos sean las constituciones, por mayor tiempo serán conservadas y respetadas. Es claro que el crecimiento de las poblaciones, los desarrollos técnicos de las comunidades, obligan a modificar algunos aspectos del ordenamiento jurídico, tanto en las leyes adjetivas como en las constituciones. Esto último muy poco y de manera muy lenta y prudente. Así ha sido en los Estados Unidos de Norteamérica. Las enmiendas constitucionales en dicho país pueden contarse con los dedos.

Los países de América intentaron copiar las formas de gobierno europeos; no siempre con éxito. A veces, tribunales, parlamentos, altos dignatarios, parecían sacados de una obra de teatro bufo. A menudo el traje “republicano” les quedaba demasiado holgado. Como se dice en el lenguaje dominicano, dentro de ese falso ropaje democrático “nos cabían dos perros peleando”. Simón Bolívar reflexionaba entristecido sobre estos asuntos, cuando chocaba con la tozudez de los pueblos de América del Sur. La “autenticidad” de la Constitución no reside en el documento mismo, sino en la cultura de la sociedad que la proclama.

En la República Dominicana hemos tenido treinta y tantas constituciones. Hay naciones que viven bajo constituciones “no escritas”, pero aceptadas tácitamente. Roosevelt redactó la Constitución haitiana de 1918. La hizo a conveniencia de su país y desde los supuestos culturales norteamericanos de los “Padres Fundadores”. Para el pueblo haitiano fue “un papel extranjero” mal pegado. Las constituciones de Cádiz o de Philadelphia, son ambas intransferibles.

 

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