Rosina de la Cruz Alvarado

Rosina de la Cruz Alvarado

La Asociación Dominicana de Derecho Administrativo (ADDA) y la Fundación Institucionalidad y Justicia, conjuntamente con el Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo, por iniciativa y bajo la egida del Lic. Olivo Rodríguez Huertas, presidente de la ADDA y nuevo embajador de la República Dominicana en España, y quien, como reciente y certeramente ha señalado Manuel Fermín Cabral, es, sin lugar a dudas, potente, generosa e inagotable “bujía inspiradora de un nuevo derecho administrativo dominicano”, han auspiciado esta semana un más que justo, necesario y merecido homenaje a la Dra. Rosina de la Cruz Alvarado.
La Dra. De la Cruz Alvarado, Rosina, como siempre le ha gustado que le llamen amigos, colegas, clientes y alumnos (aunque la mayoría le llaman “Doctora” por respeto), es la gran precursora y madre fundadora de lo que hoy se conoce como el “nuevo derecho administrativo dominicano”, que comienza a emerger paulatina pero progresivamente bajo la sombrilla de las leyes 11-92, 153-98, 183-02, 200-04, 13-07, 41-08, 247-12 y 107-13 relativas a Código Tributario, telecomunicaciones, sistema monetario y financiero, libre acceso a la información pública, jurisdicción contencioso-administrativa, función pública, Administración pública y procedimiento administrativo.
Iniciando su vida profesional y académica en plena “dictablanda” de los largos 12 años de Joaquin Balaguer, la Dra. De la Cruz Alvarado introdujo a varias generaciones de estudiantes de Derecho en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) en su sede central de Santiago de los Caballeros a los fundamentos del Derecho Administrativo y de la nueva disciplina de las libertades públicas, esta última materia clave y revolucionaria, precisamente cuando los dominicanos sufríamos las tropelías de un régimen capaz, abiertamente y sin rubor, de torturar, desaparecer y asesinar en todo el territorio nacional a miles de jóvenes políticos y activistas de la oposición al régimen. Discípula en París del profesor Jean Rivero, Rosina traslada a Santiago y al país todo el arsenal doctrinario y argumentativo del maestro, lo cual se reflejó en su cátedra, en sus artículos en el Listín Diario -que merecen ser urgentemente compilados y publicados pues conforman un verdadero manual de Derecho Administrativo-, y en los casos que llevó y ganó en el gran bufete que dirigió por décadas, la Oficina Dr. Orlando Cruz Franco, y ahora en la magnífica y especializada firma boutique que fundó hace 17 años y que lleva su nombre.
Tuve el privilegio de ser alumno de la profesora Rosina de la Cruz Alvarado y confieso que disfruté enormemente sus memorables clases. Leyendo en francés las lecturas asignadas por la profesora, sus alumnos teníamos oportunidad de abrevar directamente en los grandes autores del Derecho Administrativo francés, y entender cómo el Derecho dominicano, derivado de aquel, había evolucionado bajo su poderosa influencia. Todavía hoy recuerdo cómo la profesora Rosina diseccionó y explicó el célebre ensayo del profesor Rivero “El hurón en el palacio real o reflexiones ingenuas sobre el recurso por exceso de poder” y su magnífica explicación del régimen de los recursos administrativos y del recurso contencioso administrativo, que más tarde pondría por escrito en una serie de didácticos y esclarecedores artículos publicados tanto en la Revista de Ciencias Jurídicas de PUCMM (segunda época) como en su columna de obligatoria lectura en el Listín Diario. El magisterio y la obra doctrinaria de la Dra. De la Cruz Alvarado han sido claves para que en nuestro país litigantes y jueces admitieran lo que hoy ya nadie cuestiona: que la jurisdicción contencioso-administrativa puede controlar la constitucionalidad de leyes y actos y que ella juega un rol fundamental en la protección jurisdiccional de las libertades públicas.
Rosina insufló en sus alumnos la pasión por el Derecho público y, aunque parezca extraño, nos enseñó a mirar con profundo respeto al Derecho privado, en especial al Derecho civil, que, junto con el Derecho romano, es base fundamental del Derecho público, en específico del Derecho Administrativo. Y he aquí uno de los rasgos más importantes de la Dra. De la Cruz Alvarado como jurista: ella es, además, de iuspublicista, una gran civilista, sensible por tanto a las peculiaridades de la contratación administrativa y al régimen de la responsabilidad del Estado, cuya fuente originaria es el Derecho de las obligaciones civiles. En eso, se parece a su maestro, el profesor Rivero, quien, aparte de ser iuspublicista, fue experto en Derecho laboral, en una época en que éste se confundía todavía con el Derecho civil.

Pero Rosina, además, ha sido una temprana y constante luchadora por los derechos de la mujer. Su análisis, junto con Margarita Tavares (“La Condición Legal de la Mujer en la Legislación Vigente y en los Proyectos de Reforma»), fue un trabajo seminal que inspiró y fundamentó a las reformas igualitarias y de genero de las últimas décadas, en muchas de las cuales personalmente trabajó también, como consultora honorífica e incansable activista. Pero aparte de pragmática pero firme feminista, convencida de que el Derecho es un instrumento de cambio y emancipación social, Rosina es una liberal de los pies a la cabeza y nunca, ni siquiera en la época en que era chic ser de la izquierda marxista, la profesora dudó que el Estado al que hay que limitar en su injerencia en la propiedad privada es el mismo al que hay que sacar de los aposentos privados y de la vida íntima de las personas.

Si, como afirma Peter Haberle, los iuspublicistas contemporáneos “nos alzamos actualmente como enanos en los hombros de los gigantes de aquella época” de la República de Weimar, podemos decir hoy, guardando el tiempo y la distancia, que todos los jóvenes iuspublicistas dominicanos somos hijos o nietos de la Dra. Rosina de la Cruz Alvarado y, por tanto, nietos o biznietos de su profesor Rivero.

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