La Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros del Ministerio Público logró que un tribunal de Rusia impusiera cuatro meses de prisión preventiva contra el ciudadano dominicano Alain José Gómez Luna, solicitado en extradición luego que abandonara el país, tras ser denunciado por la comisión de estafa y otros delitos.
El Ministerio Público, representado por la titular de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros, Karina Concepción Medina, solicitó la extradición de Gómez Luna, a quien se le imputa, de manera provisional, haber incurrido en estafa, falsificación y uso de documentos de comercio falsos, asociación de malhechores para falsificar, lavado de activos y asociación para cometer lavado de activos.
A Gómez Luna y otros imputados se les acusa de haber estafado a varias personas, en el periodo comprendido entre el 23 de agosto de 2010 y el 31 de enero de 2020, con un monto global ascendente a RD$283,867,226.02, equivalentes a US$4,976, 992.47, aproximadamente.
La Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros inició sus acciones ante la Procuraduría General de la Federación Rusa, a través de la embajada dominicana en ese país, al enterarse el pasado 31 de agosto de que Gómez Luna, solicitado en extradición por el Estado dominicano, había sido apresado en suelo ruso.
El órgano de la persecución penal instruyó a personal diplomático dominicano para que se trasladara a la región de Krasnodar, a 1,700 kilómetros de Moscú, donde se reunieron con representantes del Ministerio Público local, para la comparación de los documentos remitidos por la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Procuraduría General de la Federación Rusa.
Consecuentemente, en la audiencia del 1 de septiembre pasado, el juez del Tribunal del Distrito Soviético de la ciudad de Krasnodar, le dictó cuatro meses de prisión preventiva.
Ante su eventual sometimiento a la justicia, Gómez Luna abandonó la República Dominicana el 17 de marzo de 2020, por el Aeropuerto Internacional Joaquín Balaguer, con destino a Cuba, desde donde partió a Rusia el 5 de junio de ese mismo año.
El imputado Gómez Luna, en asociación con otros accionistas, utilizó las sociedades comerciales “Mercabanc, C. por A., Metrocrédito, S.R.L., y Metrocar, S.A.S.”, para hacer creer a las víctimas que esas firmas poseían la autorización de la Junta Monetaria de la República Dominicana para realizar intermediación financiera; sin embargo, las evidencias indican que ni el investigado, ni las sociedades referidas poseían la autorización del Estado dominicano.
El Ministerio Público especifica que estas acciones están contenidas en los artículos 147, 148, 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano, así como también en los artículos 473 y 478 de la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales; 351.3.i y 351.4 de la Ley 249-17 sobre Mercado de Valores, así como 3.1 y 3.2 de la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y el artículo 3, letras a y b.1, de la Ley 72-02, sobre Lavado de Activos Provenientes del Narcotráfico y otras Infracciones Graves.