El ministro de Salud Pública y Asistencia Social, doctor Bautista Rojas Gómez, advirtió este lunes que esa dependencia se propone sancionar a quienes promocionen y publiciten productos sustitutos de la leche materna, biberones, tetinas o chupetes al margen de las normas vigentes sobre el particular.
Dijo que la Ley 8-95 sobre Apoyo a la Lactancia Materna y el Reglamento 31-96 regulan la comercialización de los sucedáneos de la leche materna y responsabiliza al Estado del apoyo de la lactancia materna.
Las normas vigentes establecen que en todos los centros de salud, de carácter público, privado o de empresa del país, queda prohibida la promoción o publicidad de ese tipo de productos, así como otras regulaciones, expresó.
Sobre el particular, llamó a la atención en torno a que las sanciones incluirían desde una amonestación hasta la suspensión de la comercialización del producto o de los productos de que se trate.
Rojas Gómez se expresó en esos términos con motivo del inicio de las actividades relativas a la celebración de la Semana de Lactancia Materna, las cuales comenzaron en la Maternidad Nuestra Señora de La Altagracia.
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social tiene a su cargo, precisó, la tarea de procurar el establecimiento de las medidas necesarias para la protección y promoción de la lactancia natural.
Observó que también determinará las modalidades de la comercialización y distribución de preparaciones para lactantes, como productos de origen lácteo, fórmulas infantiles terapéuticas, hidrolizados y los de bajo contenido de lactosa y los complementarios administrados o no con biberón, entre otros.