Sancionará oferta pública valores no aprobadas

Sancionará oferta pública valores no aprobadas

La Superintendencia de Valores (SIV) advirtió que sancionará con  multas y demandas en los tribunales a toda persona física  o jurídica  que viole lo establecido en el artículo 5 de la Ley de Mercado de Valores 19-00, que prohíbe la promoción de ofertas públicas de valores sin contar con la debida autorización del organismo.

La SIV advirtió que la oferta pública de valores en el país, o desde el extranjero hacia el territorio nacional que no cuente con la debida autorización del organismo encargado de la supervisión del mercado de valores, es considerada un hecho ilícito que puede ser sancionado con multa de un millón a hasta RD$10,00 millones; además conlleva pena de reclusión de dos años a diez años; o ambas a la vez. El Superintendente de Valores, Guarocuya Félix, señaló que desde el año 2007 está en vigencia la Circular (C-SIV-2007-M), que al igual que lo establecido en el Artículo 5 de la Ley de Mercado de Valores No. 19-00, toda oferta pública de valores deberá ser aprobada por la SIV.

Manifestó que la disposición legal establece que las operaciones en el mercado de futuros y opciones con monedas extranjeras, están sujeta a la regulación de parte de la Superintendencia.  Indicó que de acuerdo al artículo 4 de la ley 19-00, se establece que “la oferta pública de valores son aquellas dirigidas al público en general o sectores específicos de éste, a través de cualquier medio de comunicación masiva para que adquieran, enajenen o negocien instrumentos de cualquier naturaleza en el mercado de valores”.

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