Sancionarán medios por «crónicas rojas»

<p>Sancionarán medios por «crónicas rojas»</p>

MANAGUA (AFP).- El Congreso de Nicaragua aprobó ayer la aplicación de multas a los medios de comunicación que difundan imágenes de un difunto sin autorización de la familia, con el fin de regular la divulgación de sucesos sangrientos, informó el Legislativo.

Las disposiciones fueron tipificadas como delito de «difusión no autorizada de imágenes de un difunto», el cual será castigado con multas que serán fijadas por el juez de acuerdo con la capacidad económica de la persona o medio que haya cometido el delito, señala la moción aprobada por la mayoría de los diputados.

La medida pretende regular a la prensa escrita y programas de televisión que difunden sin limitaciones fotos y videos de personas que fallecen en hechos delictivos o accidentes de tránsito, aumentando el dolor de la familia y violando sus derechos humanos, explicó el diputado José Pallais.

Las regulaciones también serán aplicables a particulares y medios que falten el respeto a la memoria de un difunto, indica la nueva legislación penal que el Congreso discute durante las sesiones plenarias de los jueves.

Ambas figuras fueron incorporadas por primera vez al Código Penal, debido a los abusos que cometen algunos programas de noticias «rojas» de televisión cuando cubren tragedias.

Los diputados rechazaron, sin embargo, establecer sanciones a los medios que divulguen informaciones «secretas», como se tenía previsto incluir en los delitos de injurias y calumnias, en aras de preservar el derecho a la libertad de expresión que la prensa nicaragüense conquistó en 1990, tras dos décadas de dictaduras y conflictos.

   Los legisladores también aprobaron castigos que van de dos a cuatro años de cárcel a los que cometen el delito de poligamia, al juez, notario o testigos que participen en el ilícito; así como a los que alteren el estado civil de las personas o inscriban de mala fe nacimientos o muertes.

   Otra novedad del nuevo Código Penal es la incorporación de penas de hasta seis años de prisión a los que simulen un parto, alteren la filiación maternal o paternal, sustituyan un niño en un centro medico y hospitalario por negligencia o a cambio de una recompensa.

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