La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible, por falta de calidad de los querellantes, los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Foro Social al contrato de préstamo, por US$130 millones, entre la empresa Sun Land Corporation y el Estado dominicano.
De acuerdo con la sentencia, la querella debió ser interpuesta por la Cámara de Diputados o el Senado de la República.
El pleno de la SCJ tuvo dos bloques de disidencias. El primero, integrado por los jueces Eddy Margarita Esmurgot, Ana Rosa Ballet y Julio Aninal Suárez, planteó que el tribunal debió acoger y admitir los recursos para conocer el fondo de los mismos, a fin de garantizar el acceso a la justicia y la preservación de la constitucionalidad.
El segundo bloque, compuesto por los jueces Hugo Álvarez Valencia, Margarita Tavares, Luciano Pichardo y Darío Espinal, expresó que los recursos debieron ser declarados inadmisibles por falta de objeto, debido a que el contrato fue rescindido por el Estado.