SCJ declina querella   de Álvarez Renta contra Domínguez Brito

SCJ declina querella   de Álvarez Renta contra Domínguez Brito

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declinó ayer  por ante la Procuraduría General de la República la querella  interpuesta por Luis Álvarez Renta contra el Procurador  Francisco Domínguez Brito, funcionario al que  acusó de  abuso de autoridad, usurpación de funciones y desacato a una orden judicial.

La decisión fue adoptada por el pleno de la SCJ mediante  Auto número 69-2012, de fecha 15 de este mes, alegando que conforme a lo que dispone el inciso primero del artículo 154 de la Constitución, el Procurador General de la República tiene derecho a una jurisdicción especial para conocer de su caso.

Los magistrados  de la Suprema  Corte indican  que  en el presente caso, y  por aplicación del artículo 32 del Código Procesal Penal,  la querella  interpuesta por Álvarez Renta  no se encuentra dentro de las atribuciones de ese tribunal  señaladas en el artículo 154 de la Carta Magna.

Agregan que, en consecuencia    deberá  proseguirse, bajo los lineamientos del proceso establecido por  el Código Procesal Penal, para las infracciones de acción pública.

Puntualizan   que por la naturaleza de la querella y por aplicación combinada del artículo 26, numerales 2 y 30, y  la Ley  Orgánica del Ministerio Público, número 133-11, numerales 3 y 4, procede declinar su conocimiento  ante la Procuraduría General de la República, para que de conformidad con la ley le dé cumplimiento a disposiciones legales relativas al caso de que se trata.

La SCJ ordenó  que el presente Auto le sea notificado a las partes envueltas en el proceso y publicado en el Boletín Judicial.

Lo que pide Álvarez Renta. El financista, quien está condenado a 10 años de prisión  por violación a la Ley  62-02 de Lavado de Activos, en el caso del Banco Intercontinental (Baninter), solicitó a la SCJ  admitir su querella contra Francisco  Domínguez Brito y condenarlo al pago de una indemnización de RD$30 millones por daños y perjuicios, por desacatar la orden del Juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, que lo favoreció con un año de prisión domiciliaria.

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