SCJ devuelve sentencia sustentada en periódico

SCJ devuelve sentencia sustentada en periódico

Tras establecer que el valor probatorio de las publicaciones periodísticas, por sí solo no constituyen medios idóneos para comprometer la responsabilidad civil de un sujeto de derecho, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) casó una sentencia de la Primera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional; retornó la causa y las partes al estado en que se encontraban, y la envió a la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, en las mismas atribuciones.

Se trata de la sentencia 026-02-2021-SCIV-00660 del 17 de noviembre del 2021, referente a una demanda en reparación de daños y perjuicios incoada contra Cristóbal Marte Hoffis, a raíz de un accidente ocurrido durante una competencia automovilística celebrada el 27 de enero del 1990 en la Base Aérea de San Isidro, en la que un piloto perdió el control e impactó con su vehículo el área de los espectadores resultando muerto Eduardo Viñas Minaya.

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Marte Hoffis fue condenado en responsabilidad civil porque “de acuerdo a las publicaciones del periódico Listín Diario de fecha 27 de enero de 1990, se ha podido comprobar que el evento en cuestión fue organizado por el señor Cristóbal Marte Hoffis…”, dice la sentencia casada.

Las salas reunidas de la SCJ, en su sentencia número SCJ-SR-23-00087, del 29 de diciembre del 2023, señalan que este tipo de publicaciones tradicionalmente son redactadas por terceros que en su mayoría no presenciaron directamente los hechos, y que han recopilado la información basada en testimonios de otros, o fuentes secundarias.

“Por consiguiente, es indudable que los periodistas en el ejercicio de su labor no están exentos de incurrir en errores, omisiones o incluso interpretaciones subjetivas de los acontecimientos por ellos reseñados, lo que afecta directamente la fiabilidad de la información proporcionada por esta vía”, afirmaron.

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