SCJ pone en circulación obra Procedimiento Administrativo

SCJ  pone en circulación obra Procedimiento Administrativo

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) puso anoche en circulación la obra “Procedimiento Administrativo Comentado”, (comentario a la Ley 107-13, sobre derechos de las personas y procedimiento administrativo), escrita por Ricardo Rivero Ortega, catedrático de Derecho de la Universidad de Salamanca, España, y Francisco Ortega Polanco, juez de la Tercera Sala.
El acto se desarrolló en el auditorio de la SCJ y lo encabezó el presidente de esa alta corte, Mariano Germán Mejía, junto al presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara y el empresario José Luis Corripio Estrada.
Germán Mejía presentó la obra, que tiene un carácter didáctico. “Con esta puesta en circulación más conocimientos llegan a todos ustedes y con ellos, más se ensancha la libertad”.
“Las normas no son palabras de Dios, sino propuesta de socialización humana, cuya operatividad está relacionada con el derecho”, expresó Germán al detallar el contenido de la publicación, que tiene un análisis comentado de los artículos de la Ley 107-13, desde la doctrina, la jurisprudencia y el derecho.
Explicó que los autores analizan los principios y los institutos del procedimiento administrativo general, al contexto jurídico de la República Dominicana.

En tanto que Rivero Ortega manifestó que es necesario reivindicar “una y otra vez el Poder judicial, pues si se deja en manos de otros operadores jurídicos, menos escrupulosos el comentario de las leyes, desvirtuaremos su esencia”.
Agregó que “solo desde la imparcialidad de la academia y la magistratura pueden ofrecerse ponderados análisis, desde el punto de vista del interés general y derechos y garantías de los ciudadanos en materia jurídica y administrativa”.

Sostuvo que el derecho y los deberes de las personas frente a la administración pública y procedimientos administrativos es la norma más importante del ordenamiento jurídico, después de la Constitución.
Esa legislación, dijo, ordena que los ciudadanos deben ser tratados con cortesía y cordialidad cuando requieren servicio público y en todas sus relaciones con los funcionarios.

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