La Suprema Corte de Justicia (SCJ) sometió ayer el Senado un proyecto de ley sobre Notariado que busca superar el conflicto sobre cobro de honorarios y otras disposiciones relativas a la labor de los notarios, mediante tarifas por servicios que establecen un monto mínimo de RD$2,000 y, como máximo, de RD$20,000 cuando el valor del bien o suma involucrada pase de los RD$20 millones.
En el mensaje anexo, el presidente de la SCJ, doctor Mariano Germán Mejía, solicita a la cámara alta que priorice el conocimiento de esta iniciativa.
Contradicción. En uno de sus considerandos, el proyecto destaca que “en la actualidad se aprecia en el régimen del notariado una situación de marcada contradictoriedad, particularmente por el régimen de cobro de los honorarios y las nuevas funciones a ser ejercidas por los notarios, en sustitución de los alguaciles”.
A través del artículo 41, el proyecto de ley establece que las partes y el notario son libres para fijar de común acuerdo los honorarios por los servicios de autenticación y legalización de los documentos.
Sin embargo, dispone que cuando no hayan fijado los honorarios de mutuo acuerdo, el notario tendrá derecho a cobrar como montos mínimos por sus servicios RD$2,000 como valor básico de la legalización, tenga esta uno o dos firmas, y la suma de RD$1,000 por cada firma adicional, “sin que en ningún caso la legalización sobrepasare la suma de RD$10,000.
Además, agrega que el notario podrá cobrar RD$5,000 por cada acto auténtico de valor indeterminado o con valor menor a RD$100,000.
Establece además que podrá cobrar RD$8,000 por cada acto auténtico, si el valor envuelto en la operación fuere mayor de RD$100,000 y menor de un RD$1,000,000.
Cobrará RD$10,000 por cada acto auténtico, si el valor envuelto en la operación fuere mayor de un RD$1,000,000 y menor de RD$2,000,000.
Añade que el notario cobrará la suma de RD$15,000 si el acto auténtico contiene estipulaciones superiores a RD$2,000,000 y menores a RD$10,000,000.
El notario cobrará RD$20,000 si fuere superior a RD$10 millones.
Adicionalmente, agrega la pieza, cobrará RD$1,000 por cada parte firmante del acto auténtico.
Además, RD$300 por cada página numerada y escriturada adicional a las primeras cinco páginas, si se tratare de actos bajo firma privada.
Adicionalmente, la suma de RD$500 por cada página numerada y escriturada adicional a las primeras cinco páginas, si se tratare de acto auténtico.
Indexación. La legislación dispone que los valores consignados en el párrafo que antecede serán objeto de indexación cada cinco años, según la tasa de inflación experimentada en dicho período, pero, en ningún caso podrá exceder el 30% del último valor aprobado.
Si el usuario se negare a pagar los honorarios del notario, este podrá hacer liquidar su crédito y perseguir el cobro de la suma adeudada mediante el procedimiento establecido en la Ley sobre Honorarios de los Abogados.
ZOOM
Inconvenientes
A través de uno de los considerandos de su proyecto de ley sometido al Senado de la República, la SCJ expresa que la nueva legislación sobre Notariado ha creado numerosos inconvenientes, particularmente en razón de las incongruencias que la afectan, por lo que se hace necesario una nueva legislación que recoja los adelantos en el campo notarial, unifique la variedad de legislación existente, armonice el ejercicio de la notaría y el órgano regulatorio de los notarios y elimine los inconvenientes creados por la Ley No. 140-15.