Sector financiero pide dispensa para DR-CAFTA entre de inmediato

Sector financiero pide dispensa para DR-CAFTA entre de inmediato

POR MARIO MÉNDEZ
El sector financiero ha pedido una dispensa en el marco de las negociaciones para la implementación del DR-CAFTA, a fin de que la parte sobre servicios financieros comience a aplicarse con la entrada en vigencia del tratado de libre comercio. En la fase previa de negociaciones para la firma del tratado, el sector financiero había pedido dos años de plazo para que, una vez entrado en vigencia el DR-CAFTA, comience a aplicarse la parte sobre servicios financieros.

Se explicó que el sector financiero hizo esta solicitud a pesar de que negociadores dominicanos les habían advertido que lo que le convenía a ese sector es que la parte de servicios financieros comenzara desde el inicio de la entrada en vigencia del tratado, a fin de evitar que otros países firmantes del DR-CAFTA comenzaran a ganar ventaja sobre la República Dominicana.

“Pero el sector financiero no lo entendió así, y ahora está solicitando una dispensa para que el capítulo sobre servicios financieros comience a implementarse inmediatamente entre en vigencia el DR-CAFTA”, se explicó.

De acuerdo a lo planteado, la posición inicial del sector financiero de que se pospusiera por dos años la implementación del DR-CAFTA en la parte de servicios financieros, obedece a que ese sector se mantiene a la defensa en materia de reformas y apertura en ese mercado.

Se recordó todo el tiempo que se perdió para la implementación de la reforma financiera, a través del llamado Código Monetario y Financiero, que durante unos 10 años se mantuvo negociando sin que nunca llegara a ser aprobado.

Se explicó que si el Código hubiera sido aprobado probablemente se hubiera evitado la crisis financiera del 2003, que provocó la quiebra de varios bancos.

El DR-CAFTA abre el mercado de servicios financieros entre los países firmantes.

Además, obliga a estos países a promover la transparencia regulatoria, lo cual incluiría que en la medida de lo posible, se publique por anticipado cualquier medida de aplicación general relacionada con el tema de servicios financieros que se proponga el ente supervisor adoptar.

Se permitiría a las personas interesadas en el tema de servicios financieros  hacer los comentarios a las medidas propuestas.

Además, en el DR-CAFTA se establece el compromiso de que, en la medida de lo practicable, las Partes deberán dejar transcurrir un plazo razonable entre las publicaciones de las regulaciones definitivas y su entrada en vigencia

Los entes responsables del tema de servicios financieros, mantendrán o establecerán los mecanismos apropiados para las consultas que hagan las personas interesadas con respecto a las medidas de aplicación general cubiertas por el capítulo del servicios financieros del tratado.

Las autoridades regulatorias de los servicios financieros, pondrán a disposición de las personas interesadas, los requisitos, incluyendo cualquier documentación necesaria para llenar las solicitudes relacionadas con el suministro de servicios financieros, asimismo, a petición del interesado la autoridad reguladora, le informará del estado de la solicitud, cuando la autoridad requiera información adicional del solicitante, se lo notificará sin demora.

Además, se podrá solicitar consultas, con respecto a cualquier asunto relacionado con el capítulo de servicios que afecte a los servicios financieros.

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