Sector privado unido contra reforma ley

Sector privado unido contra reforma ley

El sector empresarial del país afirmó que el Proyecto de Ley mediante el cual se modifican varios artículos de la Ley de Alquiler No. 4314, no presenta una solución a los numerosos problemas relacionados con el inquilinato en el país y viene a encarecer los costos transaccionales, sin brindar garantías específicas y plazos para la recuperación de los montos depositados.

En un comunicación enviado al presidente del Congreso Nacional, Reynaldo Pared Pérez y a  Francisco Domínguez Brito, presidente de la comisión de justicia y derechos humanos, asuntos agropecuarios y agroindustriales por el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) y otras entidades empresariales, entre estas  la Asociación de Promotores y Constructores de Viviendas (Acoprovi) interpretaron  que la aprobación de dicho Proyecto de Ley, provocaría consecuencias negativas que generarían un grave impacto en la economía nacional, ya que el mismo atenta contra derechos fundamentales consagrados en la Constitución.

El comunicado presenta las inquietudes y observaciones del sector privado sobre este proyecto de modificación, entre estas subraya que el mismo se limita a modificar la Ley 4314 que regula la prestación y aplicación de los valores en el Inquilinato y no da respuesta a problemas fundamentales en el ejercicio del derecho de propiedad, que se han originado a raíz de la aplicación del Decreto-Ley 4807 sobre Control de Alquileres y Desahucio, del 16 de mayo del 1959.

Además resalta que el proyecto invade la voluntad de las partes y libre contratación de las mismas de establecer por su sólo consenso las condiciones sobre cuya base es pactado un contrato de alquiler.

Destacaron en ese aspecto algunas debilidades que se identifican, entre estas que el proyecto dice que el propietario de un bien inmueble podría o no pactar la exigencia de un depósito ya que en su condición de propietario, podría perfectamente establecer elementos de negociación con un posible inquilino distinto del otro, dependiendo del nivel de certeza y seguridad en su relación.

La carta enviada al Congreso también recalca que en el párrafo 2 de la Ley 4314, tal y como quedaría modificado por el Artículo 1ero del proyecto de ley, es impreciso, porque si bien reputa que el adelanto  o depósito entregado por el inquilino equivaldrá a una mensualidad por cada año de contrato, no prevé el caso más usual que es el de los contratos que se pactan por 1 año y se renuevan automáticamente.

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Otros aspectos

En el comunicado entregado al Congreso el sector privado también destaca que en cuanto al recargo que sería establecido a través del párrafo I del artículo 2 de la Ley 4314, al tenor del artículo 3 del proyecto de ley, este es excesivo y fuera de todo parámetro racional.

Obligación artículo 5

Además enfatiza que en cuanto a la obligación que establecería el artículo 5 del proyecto de ley  (nuevo artículo 11 de la ley 4314), a cargo de los prestadores de servicio de  electricidad, agua, teléfono, internet y cable, dicha obligación complicaría los procesos de contratación  de estas  prestadoras de  servicios, obligándolos a cumplir más formalidades y  más  gastos.

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