Seguridad privada y protección al ciudadano

Seguridad privada y protección al ciudadano

CÉSAR CASTAING JIMÉNEZ
Recientemente leímos en un periódico de circulación nacional un interesante comentario que realizó el presidente de la Suprema Corte de Justicia, relacionado con la necesidad de crear una Ley de Seguridad Privada, como una forma de regularizar más eficientemente ese dinámico sector. Partiendo de la preocupación externada por la máxima autoridad del Poder Judicial, quisiéramos compartir con todos los sectores del periódico un artículo que pude redactar luego de ver en un matutino, de fecha 3 de mayo del 2002, las opiniones de dos expertos que participaron en el foro FLACSO/HOY, donde trataban acerca de la «Seguridad ciudadana y violencia urbana», donde el punto resaltante era el peligro de la privatización.

Cuando envié el artículo al periodista que firmó la información, le dije: Queremos aprovechar la ocasión si usted me lo permite, para exteriorizar algunas opiniones referentes al tema en cuestión, por considerar el mismo de alto interés para el Estado y para los ciudadanos en sentido general. Entonces explico.

La seguridad en cualquier país del mundo representa uno de los pilares básicos de la convivencia, y por tanto su garantía constituye una actividad esencial a la existencia misma del Estado moderno, que en tal condición se ejerce en régimen de monopolio por el poder público. No obstante lo anterior, progresivamente se ha ido extendiendo por toda las sociedades de nuestro entorno, incluyendo la República Dominicana, la realización de actividades de seguridad por otras instancias sociales o agentes privados, llegando a obtener en las últimas décadas un auge hasta ahora desconocido, con la gravedad de que la tendencia a crecer de dicho sector es y será constante, en razón de que la fuerza pública, producto de situaciones nacionales e internacionales, en vez de aumentar, disminuirán; aunque en nuestro país dichas fuerzas han aumentado en un 25% aproximadamente en los últimos dos años, no reflejándose el incremento en la disminución de los niveles delincuenciales.

Es por esas razones que en otros países se han aprobado leyes de seguridad privada, para integrar funcionalmente dicha seguridad en el monopolio de la seguridad que corresponde al Estado por ley, pero por lo costosa no se puede cubrir plenamente en ninguna parte del mundo. La seguridad privada es una realidad que no tendrá retroceso.

Lo que debemos de hacer es regularla y controlarla, mediante una ley. En una futura ley de seguridad privada, lo que se establecería es asimilar dichos servicios como un complemento subordinado respecto a los de seguridad pública. A partir de ahí se identifican un conjunto de controles e intervenciones administrativas que condicionan el ejercicio de las actividades de seguridad por los particulares. Lo que se buscaría con esas normas es articular las facultades que pueden tener los ciudadanos de crear o utilizar los servicios privados de seguridad con las razones profundas sobre la que asienta el servicio público de seguridad.

Independientemente de establecer el objetivo general, la ley abarcaría las actividades y servicios que podrían ofrecer las empresas de vigilancias, los asuntos de depósitos, custodias, transporte, instalación de aparatos, dispositivos, explotación de centrales, planificación, asesoramiento de las actividades de seguridad que la ley contemple y que estas pueden garantizar la formación y actualización profesional de su personal entre otras cosas.

La regulación de la seguridad privada mediante una ley, es importante en razón de que ese sector en los últimos años ha experimentado un crecimiento inusual, lo cual ha producido diferentes problemas, como son: carencias de normas de homologación, intrusismo, deficiente formación de los vigilantes, irregularidades en su funcionamiento, la comisión de numerosas infracciones y una proliferación de uniformes que crean confusión en la población civil y en ocasiones hasta en los mismos militares.

Además, la ley de protección al ciudadano sería el complemento necesario a la ley de Seguridad Privada, como una forma de garantizar y asegurar la convivencia ciudadana, disminuir la violencia, la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como la de prevenir la comisión de delitos y faltas. Esta ley abarcaría una gran cantidad de leyes dispersas y se regularían otras actividades que en la actualidad no lo están.

Tenemos que tener presente que con la ley se organiza un sector pujante de la economía dominicana, que genera una gran cantidad de empleos, pero que además constituye un elemento disuasivo y de prevención del delito, y en cuanto a la ley de protección se conseguiría el potencial freno o dique legal de control, para evitar la expansión de la delincuencia y por ende una demanda mayor de recursos de seguridad, tanto pública como privada.

Tenemos que destacar que en la actualidad una gran parte de la seguridad ciudadana está en manos de la seguridad privada y que los problemas se mantienen, pero, para satisfacción del magistrado Jorge Subero Isa, las Fuerzas Armadas y la Secretaría de Estado de Interior y Policía están trabajando arduamente en la terminación de las leyes de Seguridad Privada y la de Protección al Ciudadano, respectivamente.

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