«SEGURIDAD SOCIAL PARA TODOS»

«SEGURIDAD SOCIAL PARA TODOS»

La orientación a la gente es una de las tareas fundamentales con las que cumple el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS). Desde la promulgación de la ley 87 01, la comunicación, difusión y la orientación a la población han sido una constante. La ley 87 01 previó esta situación, para lo cual contempló la creación de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), que es el órgano del CNSS que mantiene una comunicación permanente con los usuarios actuales y potenciales del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

En el libro «Preguntas sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social» están condensadas las principales interrogantes de la población respecto a la Seguridad Social y sus beneficios. Este libro, que fue elaborado y puesto en circulación, llenó las expectativas de su momento, pero con la implementación del Sistema continuaron generándose nuevas inquietudes y preguntas por parte de la ciudadanía.

El Programa Televisivo de la Seguridad Social

Con el inicio de un programa televisivo sobre seguridad social por parte de la Gerencia de Comunicaciones del CNSS, se creó un espacio para la manifestación de muchas de esas inquietudes y preguntas. Además se posibilitó a los técnicos del sistema responder esas preguntas e interactuar con el público a través de la vía telefónica.

El programa, que se transmite cada sábado por la Corporación Estatal de Radio y Televisión Canal 4 en horario de 12:00 a 1:00 P. M., consta de una sección informativa sobre los acontecimientos y decisiones más importantes de la seguridad social, una sección de preguntas y respuestas a la población, la presentación de un tema de interés para la audiencia y una línea abierta de comunicación con los televidentes.

De las 114 preguntas formuladas el 67% corresponde al SDSS, el 21% al área de salud, el 11% a pensiones y el 2% a riesgos laborales. En ese orden las preguntas que hoy publicamos han sido el resultado de una selección al azar, de las respondidas a través del referido programa de televisión. Las mismas fueron presentadas en el taller «Estrategia del CNSS a partir de las Expectativas de la Población Sobre el SDSS», realizado en fecha 6 y 7 de febrero de 2004, para los miembros del CNSS.

Principales inquietudes sobre los servicios de salud en la seguridad social

Loida Franco:

«Estoy embarazada: ¿cuál va a ser el derecho de mi hijo cuando nazca?»

Desde que la madre está embarazada el niño/a comienza a recibir los beneficios de los servicios prenatales, un subsidio de maternidad y lactancia, estancias o albergues infantiles para niños/as desde 45 días de nacidos hasta 5 años de edad. En caso de muerte del padre, el hijo recibe los beneficios de una pensión de sobrevivencia hasta los 18 años de edad y hasta 21 si es estudiante.

Yazir Rosario:

«Soy estudiante de medicina y en el futuro me gustaría ejercer; entonces, me gustaría saber ¿cómo se va a gratificar a los médicos el esfuerzo que ellos haga? Porque se dice que la Ley de Seguridad Social va a traer muchos beneficios pero también va a exigir mucho esfuerzo de parte del personal médico.»

Los sistemas de pago a los proveedores de servicios sanitarios constituyen un elemento clave en la implementación de cualquier modelo de Seguridad Social, pues de ellos depende la motivación, la actitud y el desempeño de un actor importante: El prestador de los servicios de salud. El personal médico tendrá mejores condiciones para desempeñar sus labores, y para elevar sus ingresos de acuerdo a su rendimiento.

Las principales formas de pago de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) a los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) públicos o privados son las siguientes:

* Pago por acto médico. Aquí la unidad de pago es el acto médico: una consulta, un procedimiento, una prueba diagnóstica, etc.

* Pago por salario. Aquí la unidad de pago es el tiempo de trabajo del profesional sanitario.

* Pago por capitación. La unidad de pago es la persona afiliada por la cual se entrega una cantidad fija para cubrir sus necesidades de salud.

Cada una de esas formas de pago va acompañada de incentivos estipulados en los convenios entre los PSS y las ARS. Estos incentivos procuran estimular y premiar el buen desempeño del personal saniario.

Principales inquietudes sobre los servicios de pensiones en la seguridad social

Luis Galán:

«Yo tengo y califico para una pensión por el tiempo que llevo trabajando en hotelería. Quiero saber si cuando cumpla 60 años me pensionarán y si es con el último sueldo que gane».

Si usted labora en el sector hotelero tiene ya derechos adquiridos en el anterior sistema de seguros sociales. Al cumplir 60 años de edad usted será evaluado en términos de las cuotas aportadas; si tiene ya todas las cotizaciones que requiere la ley 1896 recibirá su pensión en función de su último salario devengado.

Yolanda González:

«Yo tengo 76 años y no tengo pensión. ¿Qué ocurrirá en mi caso?»

Las personas envejecientes tendrán un tratamiento especial y más humano en el nuevo Sistema de Seguridad Social. Si por cualquier motivo usted no cumple con los requisitos para recibir una pensión producto de su actividad laboral en sus años productivos, y carece de recursos suficientes para satisfacer sus necesidades esenciales, usted tendrá derecho a una Pensión Solidaria, cuyo monto será el equivalente a un 60% del salario mínimo público e incluirá una pensión extra de Navidad.

Caridad Luna:

«Hay empresas que todavía no están afiliadas a lo que es la Seguridad Social ¿Qué contempla la ley para esas empresas que todavía uno como empleado no tiene algo que le patrocine lo que es un riesgo laboral? Si a uno le pasa algo, ¿qué esperanza tiene de que lo proteja lo que contempla la Seguridad Social?»

Todas las empresas están en la obligación de afiliarse a la seguridad social. El personal que trabaja en dichas empresas está protegido por el Sistema y se le reconocen los derechos adquiridos por los años trabajados. La ley contempla sanciones para aquellas empresas que no afilien sus trabajadores. Estos trabajadores no pierden sus derechos. Los riesgos laborales están cubiertos por el actual sistema, por lo cual usted no tiene que temer. Usted debe acercarse a la DIDA a fin de recibir información y asesoría en caso que se le estén violando sus derechos.

José Pérez:

«Trabajo como empleado de una finca en un campo de Neyba. ¿Tengo derecho a un Seguro de Trabajo?»

El nuevo Sistema de Seguridad Social señala que todos los empleados son beneficiarios del Seguro de Riesgos Laborales, tanto los dominicanos como los residentes legales en el territorio nacional, sin importar si laboran en el área urbana o rural.

Barina Espinal:

«Soy promotora, comerciante independiente, y quiero saber ¿cuáles son las condiciones para nosotros los que trabajamos independientemente, o sea en que lugar estaremos. ¿Cuáles serían las respuestas para nosotros?»

Todas las personas que son trabajadoras independientes, o por cuenta propia, y no perciben un salario, estarán incorporadas a la Seguridad Social en el Régimen Contributivo Subsidiado. Las aportaciones para cubrir los beneficios de la Seguridad Social de estas personas tienen dos fuentes: Una contribución de parte del beneficiario y otra parte del Estado Dominicano, el cual suplirá la falta de un empleador formal. El monto de este subsidio de parte del Estado será en proporción inversa a los ingresos reales de cada categoría de trabajador por cuenta propia. Las aportaciones de los trabajadores independientes se calcularán en base a un múltiplo del salario mínimo

Belkis Alcántara:

«Quiero saber los beneficios que van a recibir las personas que trabajan como domésticas, tres días a la semana, ya que no son empleadas fijas».

Las personas que no son empleadas fijas también estarán protegidas por la Seguridad Social y gozarán de los beneficios que ésta ofrece. Sólo se tomará en cuenta el monto de sus ingresos mensuales para determinar a cual régimen pertenecerán. Si gana el salario mínimo o por encima será inscrita en el Régimen Contributivo Subsidiado, donde las aportaciones para cubrir los beneficios de la Seguridad Social de estas personas tienen dos fuentes: Una contribución de parte del beneficiario y otra parte del Estado Dominicano el cual suplirá la falta de un empleador formal. Si gana por debajo del salario mínimo será afiliada en el Régimen Subsidiado el cual es financiado por el Estado Dominicano.

Milton Alfonseca:

«¿Cómo se podría hacer que la gente del pueblo tenga mayor conocimiento de lo que es la Seguridad Social, ya que se está quedando al nivel de clase media y la clase alta, y debe bajar a los sectores más desposeídos?»

Para que la población tenga mayor información sobre la Seguridad Social, los interesados pueden dirigirse a la DIDA, oficina principal Tel. 472 1900, fax 563 3488, www.dida.gov.do, dida@dida.gov.do, Regional Santo Domingo Oriental Tels. 597 0100 y 596 3840 didaoriental@dida.gov.do, Regional Norte Tels. 583 0126 y 581 1455 didanorte@dida.gov.do, Regional Sur Tels. 521 2200 y 521 4469, didasur@dida.gov.do, Regional Este Tels . 529 3171 y 529 9021 didaeste@dida.gov.do . Además, en la mayoría de los hospitales del país existen oficinas de atención al usuario, donde se ofrece información y orientación de los servicios de salud en aquellos lugares donde ya se ha iniciado la Seguridad Social.

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